El Periódico Extremadura

El Gobierno propone limitar al 15% la temporalid­ad en empresas

El nuevo documento b para el diálogo social plantea un control anual de los contratos

- RAFA BERNARDO BIEN ACOGIDA FIJOS EN LAS OBRAS

Después de semanas de pocos avances en la mesa de negociació­n del mercado laboral, el Ministerio de Trabajo ha presentado un nuevo documento a sindicatos y patronales con una medida de impacto: limitar la contrataci­ón temporal en las empresas a un 15% de la plantilla. El departamen­to que dirige Yolanda Díaz pone así una cifra concreta a una idea que se había tratado por todos los interlocut­ores sociales en la anterior reunión, hace una semana: la de tratar de controlar la contrataci­ón temporal en España mediante un tope legal. Eso sí, dicen fuentes de la negociació­n, el porcentaje está abierto a la negociació­n y a las aportacion­es de UGT, CCOO, CEOE y Cepyme.

En el documento del Gobierno, al que ha tenido acceso este diario, se plantea que la contrataci­ón temporal no pueda superar ese 15% medido en términos de «plantilla anual», que no es otra cosa que «el resultado de sumar, a la totalidad de los contratos de trabajo de cualquier modalidad vigentes a fecha 31 de diciembre de cada año, aquellos que se hayan extinguido durante el año natural». Para computar esos contratos ya concluidos, se plantea la siguiente fórmula: sumar todas las jornadas de trabajo que hayan prestado y dividirlas entre 200, consideran­do «cada unidad resultante o fracción como un contrato más».

La propuesta del ministerio especifica además que las empresas deberán informar a la representa­ción legal de los trabajador­es sobre el porcentaje de temporalid­ad en la empresa y «presentará­n una propuesta concreta de transforma­ciones o contrataci­ones a efectuar para cumplir, al menos, con el porcentaje de contrataci­ón indefinida aplicable». La informació­n deberá darse todos los años en enero, y las «transforma­ciones o contrataci­ones» deberán aplicarse antes del mes de marzo.

El texto de Trabajo plantea además que, mediante la negociació­n colectiva, los sectores o las empresas puedan pactar un porcentaje de temporalid­ad aún más bajo que ese 15%.

/La idea ha sido acogida favorablem­ente por los sindicatos y con más cautela por las patronales, según fuentes de la negociació­n. Desde la CEOE han pedido analizar la temporalid­ad por sectores, porque en algunos, como el agrario, es muy elevada y costaría mucho alcanzar el 15%, mientras que otros, como el del automóvil, tienen tasas de temporalid­ad muy por debajo de ese umbral fijado en el texto. La discusión se retomará en la próxima reunión, después de que las distintas organizaci­ones analicen la propuesta.

La nueva propuesta de Trabajo mantiene además la eliminació­n, como regla general, de la temporalid­ad en la realizació­n de trabajos de naturaleza estacional o de campañas de temporada, que ya había planteado a la mesa de negociació­n antes del verano. Ya entonces se proponía, para esas situacione­s, el recurso al contrato indefinido fijo-discontinu­o; pero en la propuesta conocida ayer se añade la novedad, a propuesta de los interlocut­ores sociales, de que se puedan concertar estos contratos fijos-discontinu­os para realizar trabajos ocasionale­s bajo el paraguas de una ETT.

El nuevo documento / también incluye una modificaci­ón del contrato fijo de obra, caracterís­tico del sector de la construcci­ón, para tratar de cambiar la naturaleza de esa figura contractua­l de temporal a indefinida. La propuesta de Trabajo plantea que al acabar la obra en la que presta servicios el trabajador, la empresa tenga la obligación de hacerle una propuesta de recolocaci­ón «previo desarrollo, en su caso y siempre a cargo de la empresa, del proceso de formación o recualific­ación que sea preciso».

El rechazo por parte del trabajador de esa oferta o su falta de encaje en el nuevo proyecto, incluso después de haber recibido esa nueva formación, daría lugar a una indemnizac­ión por extinción de contrato de 20 días por año de servicio, con un máximo de doce mensualida­des. Actualment­e, el final de la obra supone el final del contrato, acompañado eso sí de una indemnizac­ión de 25,5 días por año. La propuesta trata de convertir una pluralidad de contratos que se suceden entre sí en un único contrato que va concatenan­do distintas obras mediante procesos de recualific­ación.

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FERRAN NADEU Trabajador­es en un edificio en construcci­ón, sector con contratos temporales.

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