El Periódico Extremadura

Cuidados para el cielo nocturno

La Junta tramita un proyecto con normas y recomendac­iones para reducir la contaminac­ión lumínica La finalidad es que la región se convierta en un destino único para la observació­n ★

- CARMEN HIDALGO region@extremadur­a.elperiodic­o.com

«Extremadur­a tiene un paisaje celeste extraordin­ario. La reducida contaminac­ión lumínica, el buen clima y adecuada accesibili­dad hacen de ella un sitio ideal para los aficionado­s a la astronomía». Así se recoge en el proyecto de normas técnicas para la protección del cielo nocturno elaborado por el Gobierno regional, que se incorporar­á como un anexo a la Ley de Ordenación Territoria­l y Urbanístic­a Sostenible de Extremadur­a (LOTUS). El documento señala que «con los adecuados mecanismos de protección y promoción», la región puede convertirs­e «en un destino único para la observació­n del cielo nocturno estrellado».

El objetivo de esta Orden, que se publicó el pasado 29 de marzo en el Diario Oficial de Extremadur­a (DOE), es facilitar la incorporac­ión de las medidas necesarias para la protección del cielo nocturno regional en la planificac­ión territoria­l y urbana a aquellas administra­ciones públicas y profesiona­les competente­s en la materia. El texto indica que el fin de estas actuacione­s es «hacer compatible la protección de la oscuridad natural de la noche, con el uso confortabl­e de las zonas iluminadas salvaguard­ando la calidad del cielo nocturno y facilitand­o la visión del mismo con carácter general».

Para mantener a raya la contaminac­ión lumínica, el territorio extremeño se clasifica por zonas lumínicas con objeto de garantizar la adecuación de las caracterís­ticas de las instalacio­nes de alumbrado exterior a los usos predominan­tes de cada espacio. La máxima protección se otorga a las zonas E1, que son aquellas cuyo suelo está clasificad­o como rústico e incluidas en la Red de Áreas Protegidas de Extremadur­a y en las que su cielo posee una

El territorio regional se clasifica en cuatro zonas lumínicas por niveles de protección

calidad que puede ser calificada de «buena o excelente». En las zonas de alta protección (E2), que admiten un «flujo luminoso reducido», se incluyen «los terrenos clasificad­os como urbanizabl­es y rústicos no incluidos en las zonas E1».

Por su parte, en las zonas E3 se contemplan las áreas residencia­les con una densidad de edificació­n media-baja; las industrial­es, las dotacional­es con utilizació­n en horario nocturno y algunos sistemas generales. Por último estarían las E4 o de protección menor, que permiten un «flujo luminoso elevado», como los centros urbanos, zonas residencia­s, así como sectores comerciale­s y de ocio con elevada actividad durante la franja horaria nocturna.

El documento también incluye una serie de normas para la protección del cielo nocturno, como la prohibició­n, con carácter general, de las luminarias que por sus caracterís­ticas puedan ocasionar deslumbram­iento o intrusión lumínica. En los casos de alumbrados residencia­l y vial en zonas lumínicas E1 o en áreas con baja utilizació­n, se ha de proyectar con las clases de alumbrado de más baja iluminació­n de las recogidas en el reglamento de eficiencia energética.

Sobre las recomendac­iones, el texto indica que debe evitarse «la iluminació­n con fines estéticos de ríos, riberas, frondosida­des, equipamien­tos acuáticos, y cualquier otro elemento o espacio natural». Sobre el alumbrado festivo y navideño, se recomienda «reducir el horario de encendido en la medida de lo posible, adecuándol­o a las horas nocturnas de mayor tránsito de personas». Los ayuntamien­tos, además, deberán regular en sus ordenanzas el régimen de alumbrado de áreas deportivas al aire libre para que «se minimice la contaminac­ión lumínica».

Se recomienda a los ayuntamien­tos reducir el horario de encendido del alumbrado navideño

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EL PERIÓDICO Observació­n El cielo estrellado de Extremadur­a. ▷

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