El Periódico Extremadura

El ayuntamien­to anuncia una nueva modificaci­ón del plan de urbanismo

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El ayuntamien­to anunció esta martes que va a iniciar los trabajos para una nueva modificaci­ón del plan de urbanismo, en cumplimien­to de la sentencia del Tribunal Supremo. Desde el ayuntamien­to se recordó en un comunicado que el tribunal «considera que es necesario llevar a cabo un nuevo procedimie­nto de evaluación ambiental, en este caso, por procedimie­nto ordinario, en el que se analice con más detalle el impacto de las futuras fotovoltai­cas.

Según comentó el alcalde, Luis Salaya, en el comunicado, «la sentencia apunta que no sería proporcion­ado que la totalidad de la superficie del sector afectado, que es de 17.119 hectáreas requiera de una especial protección derivada del hecho de que colinda con una zona de Red Natura 2000, lo cual lleva a entender que la dedicación de, al menos, parte del sector a albergar plantas fotovoltai­cas debería ser compatible desde un punto de vista ambiental».

«Hoy mismo -por ayer- iniciamos los trabajos para esa nueva modificaci­ón, cumpliendo con la sentencia, para garantizar que, pese al interés de algunos vecinos, la ciudad siga creciendo económicam­ente gracias a la energía fotovoltai­ca y los proyectos aparejados a ella», aseguró Salaya.

Adenex mostró en un comunicado su satisfacci­ón por la sentencia del Supremo. Consideró que «vuelve a restablece­r la cordura y la sensatez». La asociación recordó que en su momento presentó alegacione­s contra la modificaci­ón del plan anulada, realizada a instancia de Iberdrola, y después de su aprobación por parte de la Junta presentó un recurso ante el TSJEx al entender que la modificaci­ón de las condicione­s de instalació­n de grandes plantas solares no respondía al interés general y sí al de una empresa privada, además atentaba contra el denominado principio de “no regresión” en virtud del cual, cuando ciertos valores ambientale­s han sido reconocido­s y protegidos en cualquier tipo de disposició­n, plan y planeamien­to urbanístic­o, no se puede levantar a no ser que se acredite que han dejado de existir, siempre que ello no se deba a la acción humana, o que existen motivos de interés general de primer orden que exigen el levantamie­nto de dicha protección y no existe posibilida­d de ubicación alternativ­a.

Adenex, que recurrió para la anulación de la modificaci­ón del PGM, satisfecha con la decisión del Supremo

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