El acusado por la muerte del jardinero será juzgado por homicidio imprudente
La causa principal fue un fallo cardiaco, pero que pudieron influir los golpes y la ingesta de alcohol
Pedro T., el acusado de la muerte del jardinero de 52 años Luis J. V. M., en el transcurso de una pelea con palos entre ambos en un descampado de Las Vaguadas el 29 de agosto de 2023, será juzgado por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave en concurso con otro leve de lesiones.
Es lo que señala el auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Badajoz, que en base a los informes forenses, concluye que, si bien la principal causa de la muerte fue una parada cardiaca, las lesiones sufridas, junto con el estado de embriaguez en el que se encontraba, pudieron suponer «un factor concausal estresante concomitante» en su fallecimiento.
Como consecuencia de los golpes recibidos, el jardinero sufrió traumatismo cráneofacial, excoriaciones en un codo y contusiones leves en la cadera y en el muslo, lesiones que por sí solas no hubieran sido suficientes para causar su muerte y de las que no hubiera tardado en sanar más de 14 días, pero que pudieron contribuir a que muriese por la «importante» patología previa que padecía.
Lo previsible es que la fiscalía coincida en su calificación de los hechos con la tesis de la jueza instructora, mientras que el abogado
de la familia del fallecido, Juan Manuel Yerga, del despacho Pajuelo Abogados, podría adherirse a su tesis o mantener, como ha hecho hasta ahora, que el investigado tenía intención de acabar con la vida de la víctima, De momento, lo está valorando.
La penas por homicidio por imprudencia grave van de 1 a 4 años de prisión.
Por su parte, la defensa del acusado, que ejerce Enrique González de Vallejo, avanzó que reconoce el delito leve de lesiones -su cliente también resultó herido -, pero no el homicidio por imprudencia grave, pues su defendido desconocía que la víctima padeciera cualquier
tipo de patología cardiaca cuando se enzarzaron en la pelea, «consentida por ambos».
En este sentido, critica que la fiscalía pueda realizar «una selección a la carta» entre causas probables de la muerte para imputar a Pedro T. por homicidio imprudente, «cuando hay más posibilidades de que fuera por la cardiopatía o la ingesta de alcohol, con 2,64 gramos por litro de sangre».
El acusado ingresó en prisión dos días después de los hechos y el 9 de octubre fue puesto en libertad con cargos, tras abonar una fianza de 10.000 euros y la obligación de personarse en el juzgado cada 15 días.