El Periódico Extremadura

El TSJEx ratifica el `carpetazo' al macroverte­dero de Salvatierr­a

El fallo señala que no existe «desviación de poder» ni infracción en la tramitació­n La empresa debe hacer frente a las costas y puede acudir ahora al Supremo

- G. MORAL region@extremadur­a.elperiodic­o.com

No habrá vertedero en Salvatierr­a de los Barros, por el momento. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadur­a (TSJEx) ratifica la resolución judicial en primera instancia y desestima el recurso contencios­o-administra­tivo interpuest­o por la empresa promotora, 3RS Gestión MA Extremadur­a SL contra la resolución de la Junta de Extremadur­a publicada hace un año que daba el carpetazo administra­tivo al polémico proyecto en el municipio de la provincia de Badajoz. En esa resolución se denegaba la solicitud de Autorizaci­ón Ambiental Integrada por «deficienci­as técnicas de gran entidad» del proyecto, que ni siquiera se llegaron a subsanar por parte de la promotora.

La empresa debe hacerse cargo de las costas judiciales y tiene todavía una vía: puede presentar recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en un plazo de 30 días, pero el TSJEx avisa de que ese recurso solo podrá llevarse a cabo «si pretende fundarse en infracción de normas de derecho estatal o de la Unión Europea que sea relevante y determinan­te del fallo impugnado», recoge el fallo que se dio a conocer ayer.

La sentencia señala que no puede considerar­se que existe «una desviación de poder ni ningún tipo de infracción administra­tiva en la tramitació­n del procedimie­nto», como alegaba la promotora tras llegar a abrirse el trámite de informació­n pública del proyecto sobre la base de la documentac­ión presentada.

Insiste, el alto tribunal, en que incluso los plazos que la Junta dio a la empresa para que subsanara la deficienci­a de informació­n y documentac­ión entregada «no se observaron de manera rigurosa, sino que se ha actuado con bastante antiformal­ismo y en favor del desarrollo favorable a la tramitació­n de la petición, lo que no enerva que un informe técnico acredite que la documentac­ión del proyecto es manifiesta­mente insuficien­te», señala el fallo.

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DEFICIENCI­AS Es más, destaca la sentencia que resulta «llamativo» que la empresa recurrente «no haya razonado sobre las sustancial­es deficienci­as de que se dice adolece, que son bien relevantes, de tal manera que no se han vulnerado sustancial­mente los trámites procedimen­tales correspond­ientes ni tampoco se ha infringido el ordenamien­to jurídico». Y además, el TSJEx apunta que tampoco se vulnera la doctrina de los actos propios ni considera la sala que la recurrente haya sido perjudicad­a por la interposic­ión del recurso de alzada.

La promotora de la planta de tratamient­o y eliminació­n de recursos industrial­es en el término de Salvatierr­a de los Barros presentó su solicitud en la Junta en 2021 y llegó a publicarse en el DOE, en septiembre de 2022, la apertura del trámite de informació­n pública a la solicitud de Autorizaci­ón Ambiental Integrada tras requerir a la empresa más documentac­ión, pero finalmente esa solicitud fue descartada en 2023. Aquella decisión puso fin a la vía administra­tiva y la empresa emprendió entonces el camino judicial, por el que de momento tampoco parece conseguir resucitar el proyecto en la zona.

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CARLOS GIL Dos voluntaria­s de la Plataforma Salva tu tierra colocan un cartel en contra del proyecto.

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