Los Rostros no se rinden
Presentan un recurso ▶ contra la negativa de regularizar su situación urbanística
Los propietarios de Los Rostros de Santa Amalia, Huertas de la Encina y El Naranjal no se conforman con la última negativa del Ayuntamiento de Badajoz de regularizar la situación urbanística de sus parcelas y edificaciones y han presentado este jueves un recurso contra la última decisión del pleno del 28 de diciembre, que rechazó su solicitud para la modificación puntual del Plan General Municipal (PGM) de Badajoz, al hilo de la nueva Ley de Ordenación Terrritorial y Urbanística Sostenible (Lotus) de Extremadura, que se aprobó en 2019. El concejal de Urbanismo, Carlos Urueña, ha manifestado que lo estudiarán. Las tres urbanizaciones suman más de 150 propietarios «que pueden ser más porque hay muchos esperando».
Varios afectados han acompañado esta mañana junto al arquitecto Juan Antonio Álvarez en el ayuntamiento para entrar por registro el recurso en el que sostienen sus penúltimas esperanzas de conservar sus propiedades. Si esta vía tampoco sale adelante, están dispuestos a acudir a los juzgados, según ha señalado Álvarez. Reconocen que no confían en que el ayuntamiento les de la razón y acepte sus argumentos, porque los informes municipales son «recurrentes» desde 2021, a pesar de que la ley ha cambiado. «Lo que quieren estos señores es despacharnos a la primera de cambio y seguir con la demolición». El problema de acudir al juzgado de lo contencioso-administrativo -apunta- es que los propietarios tendrían que pagarlo de sus bolsillos y si tienen razón no se pedirían responsabilidades.
Los afectados presentaron la solicitud de regularización de estas urbanizaciones cuando la citada ley se aprobó porque, según explica el arquitecto que los asesora, existe un artículo, el 71, al que pueden acogerse los denominados asentamientos rústicos irregulares (urbanizaciones clandestinas ilegales en la anterior ley). En 2021 presentaron una propuesta de modificación de este artículo que era «muy escueto» y daba a interpretaciones de los técnicos de los distintos ayuntamientos. Estuvieron trabajando dos años con los propietarios, ayuntamientos y grupos parlamentarios en la Asamblea, hasta que se consiguió cambiar y clarificar este artículo. La modificación se publicó en marzo de 2023 y, automáticamente, los afectados volvieron a solicitar en el Ayuntamiento de Badajoz el cambio del PGM para acogerse a la nueva redacción. En 2021 lo había rechazado pero los propietarios entendían que con todos estos cambios legislativos se podía aprobar la modificación puntual.
Lo presentaron en mayo. ERRORES/
Su «sorpresa» ha sido que en diciembre, el día de los Santos Inocentes, «sin ninguna reunión ni previo aviso», el ayuntamiento rechazó otra vez la modificación del PGM. Cuando les ha llegado la notificación el 7 de febrero han decidido presentar un recurso contra este acuerdo porque, según este arquitecto, la resolución del pleno del ayuntamiento está basada en informes técnicos y jurídicos que «entendemos que tienen errores gravísimos e importantes con otros artículos que nada tienen que ver con lo que pedimos».
Álvarez explica que según estos informes la superficie o terreno que se quiere regularizar tiene que ser área homogénea, requisito que no figura en la ley. «Nos dicen que tenemos que cumplir artículos que no son de aplicación para asentamientos irregulares, sino de nueva creación y queda claro que lo que queremos es regularizar lo existente, no crear un nuevo asentamiento y así se está haciendo en toda la comunidad autónoma».
El arquitecto ha destacado además que el informe jurídico remite a 2021 y alega que no ha habido un cambio legislativo sustancial, cuando el artículo que les afecta se ha modificado. Así, se incluyen las parcelas vacantes, que en este artículo se consideran aquellas «sobre las que no existan construcciones, instalaciones u obras y también aquellas que aun teniendo las anteriores, las actuaciones realizadas se encuentren incursas en algún procedimiento administrativo o judicial de protección de la legalidad urbanística», que es «precisamente donde estamos nosotros». Según Álvarez los informes del ayuntamiento han obviado este párrafo.
Además, estos mismos informes recogen que las modificaciones de planes generales no pueden responder a intereses particulares, «porque esto es una concreta reclasificación de una porción de terreno y unos propietarios en concreto». Según este arquitecto, lo mismo se podría decir de los Núcleos Urbanos Secundarios (NUS), como Campomanes, Río o Caya o Tres Arroyos. «Con los argumentos que nos dan a nosotros prohiben la regularización de cualquier cosa, a no ser que se salten la ley». Aduce que ya funciona en Castilla y León, en Andalucía y en Castilla la Mancha y en Valencia es obligatoria la regularización
Tan claro lo tienen que no pueden entender la negativa del ayuntamiento. «Hemos peleado más de dos años para que esto salga adelante».
Mientras tanto el proceso de
derribo está paralizado «porque vamos a dar toda la guerra judicial y técnica». Álvarez ha insistido en que no existen sentencias que obliguen a demoler. Sólo una de 2015 para pedir el archivo del expediente administrativo y el
juez determinó que no había prescripción. De seguir con la intención de demoler, el ayuntamiento tendría que redactar un nuevo proyecto de demolición, sacarlo a licitación, adjudicarlo y llevar una orden judicial.