Un juzgado anula el nombramiento de la directora del Centro Abril
Una sentencia reconoce el derecho de Ángel Bravo Barroso a ocupar ese puesto Considera que la actuación de la comisión de selección no fue legal y hubo desviación de poder
El Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Mérida ha anulado el nombramiento de Concepción Flores Romero como directora del Centro de Educación de Personas Adultas (CEPA) Abril de Badajoz y ha reconocido el derecho de Ángel Bravo Barroso a ocupar este puesto durante los próximos 4 años. Así lo recoge la sentencia que estima el recurso presentado por este último contra una resolución de la Secretaría General de Educación de la Junta de Extremadura, en la que el tribunal considera que la designación de la primera careció «de cualquier apoyo legal» y se produjo una «absoluta desviación de poder» por parte de la Administración.
Los hechos juzgados tuvieron lugar en mayo de 2023. El día 25 de ese mes los dos candidatos a dirigir el Centro Abril debían exponer ante la comisión de selección sus proyectos para ser evaluados, pero no fue así porque Concepción Flores renunció al haber obtenido una plaza de docente en el exterior, por lo que Ángel Bravo fue seleccionado como director.
Sin embargo, seis días después, el 31 de mayo, la comisión de selección se volvió a reunir en una convocatoria extraordinaria y reincorporó al proceso a Flores, al entender que no había renunciado en forma, anulando así por vía de hecho la designación de Bravo. La primera superó en puntuación al segundo y fue nombrada directora del Centro Abril.
Bravo recurrió ante la Secretaría General de Educación, que desestimó su recurso, por lo que presentó una demanda contra la Consejería de Educación y Empleo en el Contencioso Administrativo, que le ha dado la razón.
En su sentencia, la jueza da por acreditado que la otra candidata manifestó «expresamente» su renuncia y entiende que la actuación realizada por la Administración a partir de entonces, obviando este hecho, «carece de cobertura legal». Asimismo, considera que la comisión ha incurrido «en una palmaria desviación de poder» al realizar «maniobras» para retrotraer las actuaciones al momento anterior a esa reunión del 25 de mayo.
En este sentido, expone que las dudas de la presidencia de la comisión de selección sobre la forma en
la que la aspirante había renunciado «carecían de fundamento», máxime teniendo en cuenta que lo dijo en presencia de todos sus miembros y que quedó recogido en acta.
En / la sentencia aparece un correo electrónico supuestamente dirigido por una de las vocales de la comisión a la aspirante, en el que expone su temor a que Bravo lleve a los tribunales «el asunto» y en el que se puede leer que favoreció el proyecto de esta frente al del otro candidato y que varias personas se «coordinaron» el día de la votación de los proyectos. El juzgado ha remitido este correo a la Consejería de Educación por si del mismo pudiera de
RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA
rivarse algún tipo de responsabilidad disciplinaria.
En relación al fallo, / que es firme, puesto que la consejería no lo ha recurrido, Bravo mostró su satisfacción «porque se haya hecho justicia», aunque lamentó que las personas involucradas en este «caso de abuso de poder» continúen impunes.
En este sentido, avanzó que exigirá a la Junta de Extremadura que se depuren responsabilidades, así como que, junto a su abogado, Pedro del Pino, está estudiando interponer una querella criminal por un presunto delito de prevaricación y falsedad de documento público.