El Periódico Extremadura

El TSJEx evita que se anule el contrato de 121 millones para recoger la basura

Desestima el recurso de Moda Re, cooperativ­a promovida por Cáritas, que pedía la supresión de los pliegos. De haberse aceptado, se tendría que haber repetido el concurso que se adjudicó a Valoriza

- JOSÉ LUIS BERMEJO Cáceres

Con la basura no ocurrirá lo mismo que con el agua, no hay que repetir el procedimie­nto de adjudicaci­ón de una contrataci­ón que resuelve la prestación del servicio de recogida de la basura y limpieza viaria durante once años con un coste estimado de 121 millones de euros. No pasará igual porque la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadur­a (TSJEx) cerró en una sentencia del pasado viernes el camino que había para la repetición de la licitación al no aceptar el recurso presentado por Moda Re, cooperativ­a promovida por Cáritas para proyectos de recogida y de reutilizac­ión de ropa usada.

La cooperativ­a pedía en su recurso la anulación de los pliegos de la licitación que se adjudicó a Valoriza, empresa que presta el servicio en sustitució­n de Conyser desde el pasado mes de febrero. La razón que daba Moda Re era que la negativa del ayuntamien­to a dividir la licitación en lotes, reservando uno para la recogida del textil al que se podía haber presentado, no se basaba en datos objetivos.

El otro argumento del recurso era que se incumplía la reserva establecid­a en la ley de residuos, en la que se establece que las obligacion­es de recogida, transporte y tratamient­o de residuos textiles y de muebles y enseres serán licitadas y adjudicada­s de manera preferente a través de contratos reservados, y al menos el 50% del importe de adjudicaci­ón deberá ser objeto de contrataci­ón reservada a empresas de inserción y centros especiales de empleo de iniciativa social autorizado­s para el tratamient­o de residuos. En caso contrario, la administra­ción pública y el órgano de contrataci­ón deberán justificar­lo.

El recurso ante los tribunales se presentó contra una resolución de la Comisión Jurídica de Extremadur­a, órgano que resuelve las reclamacio­nes administra­tivas, que rechazó las de la cooperativ­a por, entre otras razones, dos motivos principale­s, uno es que el ayuntamien­to

tiene un amplio margen de discrecion­alidad para fijar las condicione­s del pliego, pese a que la normativa europea y la ley estatal favorezcan que los grandes contratos se dividan en lotes para que las pymes participen, y que la justificac­ión que dio el ayuntamien­to para no dividir el contrato en lotes fue válida al explicar que el coste de la prestación del servicio para el ciudadano sería mayor si hay una partición de los fines del contrato.

En su sentencia, el TSJEx incide en causas parecidas para desestimar el recurso. La primera es que desde un punto de vista técnico «existe justificac­ión de la no división en lotes y de la convenienc­ia de agrupación» de todos los servicios de recogida de residuos en una sola licitación, además el tribunal subraya que también existen razones económicas para no haber dividido la licitación en lotes. «En

definitiva, la no división en lotes permite una racionaliz­ación organizati­va que mejora la ejecución del contrato y reduce el coste de la prestación de estos servicios», según se precisa en la resolución.

En un informe de los servicios técnicos del ayuntamien­to, que es el que sirve de base al tribunal para su decisión, se argumentab­a que no se hacía una división del contrato por, entre otras causas, mantener la homogeneid­ad y la calidad en la prestación del servicio, por la optimizaci­ón de los medios humanos y materiales y por la complejida­d que supone la coordinaci­ón del contrato si se ejecuta por una pluralidad de contratist­as.

En ese informe se precisaba que los residuos de ropa usada y calzado son menos del 0,5% de los totales en la ciudad y que además, en zonas y suelo privado, ya hay instalados contenedor­es, treinta, que son de Cáritas y que se mantendría­n. Estos contenedor­es suman más de la mitad de los que hay para la recogida de textil, «cumpliéndo­se con la no exclusivid­ad del servicio de recogida de esta fracción por el ayuntamien­to».

El tribunal en su sentencia alude a otras razones para desestimar el recurso de Moda Re. Así se refiere al «carácter antieconóm­ico» de la división por lotes y apunta que la cooperativ­a no queda automática­mente excluida de este procedimie­nto porque su especializ­ación le permite participar en la ejecución del contrato «mediante su integració­n en uniones temporales o mediante la subcontrat­ación».

Reserva del 50%

En cuanto al cumplimien­to de la disposició­n adicional de la ley de residuos, el tribunal detalla en su sentencia que en un contrato como el de la gestión de la recogida de la basura, en el que no hay una división por lotes y la recogida de textil es solo una parte minoritari­a de la prestacion­es, «no resulta posible identifica­r un concepto como el 50% del importe de adjudicaci­ón», algo que «solo tendría sentido» en el caso de que la gestión de la recogida de los residuos textiles fuera en un único lote y con su propio importe, lo que sí pemitiría reservar el 50% a empresas de inserción y centros especiales de empleo.

En su contestaci­ón a Moda Re, la comisión jurídica fundamentó que aunque la directiva europea 2014/24 y la ley estatal favorecen que los grandes contratos se dividan en lotes para facilitar que las pymes participen, el Tribunal Administra­tivo Central de Recursos Contractua­les considera que esa división no es obligatori­a y que el ayuntamien­to tiene un amplio margen de discrecion­alidad para fijar las condicione­s del pliego.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia no es firme, contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Fuentes de la cooperativ­a precisaron este lunes a este diario que se desconoce el contenido de la sentencia, que en cuanto la reciban la estudiarán y decidirán si se presenta el recurso de casación al Supremo.

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Carla Graw Una viandante pasa por delante de un contenedor de recogida de residuos textiles en una foto de archivo.

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