Los constructores de Castelló recurren el IBI ante los tribunales
El TSJCV admite a trámite el contencioso de la APECC contra la modificación del texto El Ayuntamiento de la capital explica al respecto que se trata de un «error de forma»
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo que ha presentado la Asociación Provincial de Empresas de la Construcción de Castellón (APECC) contra el Ayuntamiento de la capital por la modificación que aprobó en referencia a la ordenanza fiscal reguladora del IBI. Un documento que incorporaba un gravamen del 0.80 para sectores como el comercio, industria, deportivo, religioso u las oficinas, entre otros, y que no aparecía en el texto de la ordenanza durante el periodo en el que estuvo en exposición pública. Por el contrario, sí que fue aprobada por el pleno del pasado 23 de diciembre. «Las autoridades dieron luz verde a una norma que no se ajustaba a lo que se había expuesto», explica el presidente de la APECC, Fernando Alfonso, a este periódico.
En relación con este proceso judicial, el pleno del jueves dará luz a la personación del consistorio en el mismo iniciado por los representantes de ese sector.
Por este motivo, la APECC recurrió la ordenanza municipal, publicada el 29 de diciembre en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y que ahora se ha judicializado en la sección tercera de lo contencioso-administrativo del alto tribunal autonómico. Un proceso en el que oirán a ambas partes implicadas en el mismo (consistorio y APECC).
En este sentido, Fernando Alfonso asegura que la asociación «trabaja en defensa de los intereses de los sectores» que representa, por lo que, «desde el respeto», han «considerado necesario presentar este recurso contencioso contra la modificación de la ordenanza reguladora del IBI».
Por su parte, desde el Ayuntamiento de Castelló destacan, en relación a este nuevo gravamen del IBI para ciertos sectores que son socios de APECC, que se trata de «un error de forma y que se dirimirá en el contencioso».