Las juntas de vecinos telemáticas tienen validez para aprobar acuerdos
Se abre una nueva vía temporal para autorizar obras y necesidades urgentes Ahora en la Comunitat Valenciana no se pueden reunir más de 10 personas
La pandemia del covid-19 y los posteriores estados de alarma dejaron a miles de comunidades de vecinos sin posibilidad de actuar de urgencia en caso de, por ejemplo, unas obras. La imposibilidad de reunirse físicamente, que hasta ahora era la única opción que la ley contemplaba para tomar acuerdos en una junta, había paralizado la gestión de los edificios.
Todo lo que precisara el sí de la mayoría de los propietarios no se podía hacer, desde aprobar el presupuesto, renovación de cargos, cambiar de compañía de ascensores, autorizar una reparación costosa, una intervención extra de jardinería --en el caso de tener jardín-- o cualquiera de los problemas y necesidades de una finca.
Pero el Real Decreto de finalización del estado de alarma que entró en vigor el pasado 9 de mayo ha desbloqueado la situación, ya que a partir de ahora las juntas telemáticas tendrán validez jurídica, por lo que los acuerdos se podrán tomar en reuniones on line.
También, mediante una votación bien telemática o por correo en el plazo de 10 días desde la convocatoria de la cuestión. El presidente del Colegio de Administradores de Fincas de València y Castelló, Sebastián Cucala, celebra este cambio normativo temporal «porque recoge las reivindicaciones de los administradores, que veníamos reclamando esta posibilidad para desbloquear los problemas o necesidades de las comunidades de vecinos».
El Real Decreto suspende la obligatoriedad de celebrar la junta anual ordinaria hasta el 31 de diciembre del 2021, por lo tanto quedan renovados automáticamente todos los cargos de la finca, así como prorrogados los presupuestos del año anterior. El problema surgía cuando se precisaba un acuerdo urgente por algún tipo de obra o servicio. «Muchas comunidades de vecinos necesitaban reunirse para poder solventar algunas cuestiones con urgencia, bien porque hacía falta una obra, bien porque se tenía que renovar o cambiar algún servicio como el ascensor, etc. Había muchos asuntos pendientes y necesitamos otras vías para aprobarlos», añade.
Sebastián Cucala recuerda también que las reuniones de vecinos presenciales sí se podían realizar durante el estado de alarma y se pueden hacer ahora «respetando las restricciones que impone cada autonomía». «Durante el estado de alarma ha habido varios cambios en cuantos a los aforos, pero no estaba prohibido hacer juntas, sino que había que respetar el cupo permitido por la crisis sanitaria. Ahora en la Comunitat Valenciana no se pueden reunir más de 10 personas, por lo que todas los edificios con más vecinos no tienen otra opción que no sea la telemática», explica el presidente del Colegio de Administradores.