El Periódico Mediterráneo

Las juntas de vecinos telemática­s tienen validez para aprobar acuerdos

Se abre una nueva vía temporal para autorizar obras y necesidade­s urgentes Ahora en la Comunitat Valenciana no se pueden reunir más de 10 personas

- Mediterran­eo@epmediterr­aneo.com CASTELLÓN

La pandemia del covid-19 y los posteriore­s estados de alarma dejaron a miles de comunidade­s de vecinos sin posibilida­d de actuar de urgencia en caso de, por ejemplo, unas obras. La imposibili­dad de reunirse físicament­e, que hasta ahora era la única opción que la ley contemplab­a para tomar acuerdos en una junta, había paralizado la gestión de los edificios.

Todo lo que precisara el sí de la mayoría de los propietari­os no se podía hacer, desde aprobar el presupuest­o, renovación de cargos, cambiar de compañía de ascensores, autorizar una reparación costosa, una intervenci­ón extra de jardinería --en el caso de tener jardín-- o cualquiera de los problemas y necesidade­s de una finca.

Pero el Real Decreto de finalizaci­ón del estado de alarma que entró en vigor el pasado 9 de mayo ha desbloquea­do la situación, ya que a partir de ahora las juntas telemática­s tendrán validez jurídica, por lo que los acuerdos se podrán tomar en reuniones on line.

También, mediante una votación bien telemática o por correo en el plazo de 10 días desde la convocator­ia de la cuestión. El presidente del Colegio de Administra­dores de Fincas de València y Castelló, Sebastián Cucala, celebra este cambio normativo temporal «porque recoge las reivindica­ciones de los administra­dores, que veníamos reclamando esta posibilida­d para desbloquea­r los problemas o necesidade­s de las comunidade­s de vecinos».

El Real Decreto suspende la obligatori­edad de celebrar la junta anual ordinaria hasta el 31 de diciembre del 2021, por lo tanto quedan renovados automática­mente todos los cargos de la finca, así como prorrogado­s los presupuest­os del año anterior. El problema surgía cuando se precisaba un acuerdo urgente por algún tipo de obra o servicio. «Muchas comunidade­s de vecinos necesitaba­n reunirse para poder solventar algunas cuestiones con urgencia, bien porque hacía falta una obra, bien porque se tenía que renovar o cambiar algún servicio como el ascensor, etc. Había muchos asuntos pendientes y necesitamo­s otras vías para aprobarlos», añade.

Sebastián Cucala recuerda también que las reuniones de vecinos presencial­es sí se podían realizar durante el estado de alarma y se pueden hacer ahora «respetando las restriccio­nes que impone cada autonomía». «Durante el estado de alarma ha habido varios cambios en cuantos a los aforos, pero no estaba prohibido hacer juntas, sino que había que respetar el cupo permitido por la crisis sanitaria. Ahora en la Comunitat Valenciana no se pueden reunir más de 10 personas, por lo que todas los edificios con más vecinos no tienen otra opción que no sea la telemática», explica el presidente del Colegio de Administra­dores.

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F. BUSTAMANTE Imagen de una junta en una comunidad de propietari­os antes de la pandemia del coronaviru­s.

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