Del contrato de obra al eventual
Hay muchos tipos de contratos temporales. Las más habituales son el de obra y servicio, que tiene una duración limitada por el tiempo que duran los mismos. Aunque se desconoce la fecha de su finalización, no puede ser superior a los tres años (o a los cuatro si así lo establece el convenio aplicable). El contrato eventual por circunstancias de la producción para hacer frente a periodos con acumulación de tareas. Puede hacerse por un máximo de seis meses en un periodo de 12. Y el contrato de sustitución para cubrir el puesto de un trabajador con reserva de plaza.