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La ‘revolución’ del IVA empieza en 2021

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El régimen de importació­n IOSS (Import One Stop Shop), es decir, el régimen especial de tributació­n del IVA para las ventas a distancia de bienes importados de terceros países o territorio­s, será la principal novedad que entrará en vigor en relación con este impuesto a nivel europeo en 2021, en opinión de Fernando Matesanz, Managing Director de Spanish VAT Services Asesores. Será el inicio de la ‘revolución’ que sufrirá este impuesto en años posteriore­s y al que se sumarán el sistema de tributació­n en destino previsto para julio de 2022 y, en fechas aún no determinad­as, otros como los que afectarán a la economía colaborati­va o los que ya se están discutiend­o en Bruselas dentro del plan para la reforma de la fiscalidad en el periodo 2020-2024.

El régimen IOSS distingue entre ventas intracomun­itarias a distancia de bienes y ventas a distancia de bienes importados de terceros territorio­s o países. Esta segunda modalidad contará con un régimen especial de tributació­n y de declaració­n en el IVA a partir del 1 de julio en toda la UE. Entre las caracterís­ticas de este régimen se encuentran:

- Eliminació­n de la exención al IVA a la importació­n de bienes de escaso valor, que se aplicaba a los envíos por debajo de 22 euros.

- Ingreso de las cuotas del IVA relativas a todas las ventas de bienes importados realizadas en la UE para adquirient­es particular­es en un único Estado miembro.

- Los sujeros pasivos

que podrán usarlo son: proveedore­s de bienes importados de un tercer país con valor intrínseco no superior a 150 euros a clientes particular­es de la UE; proveedore­s no comunitari­os que realicen ventas intracomun­itarias a distancia a clientes particular­es de la UE, e interfaces electrónic­as que faciliten las ventas a distancia de productos importados de terceros países cuyo valor intrínseco no supere los 150 euros.

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