La ‘revolución’ del IVA empieza en 2021
El régimen de importación IOSS (Import One Stop Shop), es decir, el régimen especial de tributación del IVA para las ventas a distancia de bienes importados de terceros países o territorios, será la principal novedad que entrará en vigor en relación con este impuesto a nivel europeo en 2021, en opinión de Fernando Matesanz, Managing Director de Spanish VAT Services Asesores. Será el inicio de la ‘revolución’ que sufrirá este impuesto en años posteriores y al que se sumarán el sistema de tributación en destino previsto para julio de 2022 y, en fechas aún no determinadas, otros como los que afectarán a la economía colaborativa o los que ya se están discutiendo en Bruselas dentro del plan para la reforma de la fiscalidad en el periodo 2020-2024.
El régimen IOSS distingue entre ventas intracomunitarias a distancia de bienes y ventas a distancia de bienes importados de terceros territorios o países. Esta segunda modalidad contará con un régimen especial de tributación y de declaración en el IVA a partir del 1 de julio en toda la UE. Entre las características de este régimen se encuentran:
- Eliminación de la exención al IVA a la importación de bienes de escaso valor, que se aplicaba a los envíos por debajo de 22 euros.
- Ingreso de las cuotas del IVA relativas a todas las ventas de bienes importados realizadas en la UE para adquirientes particulares en un único Estado miembro.
- Los sujeros pasivos
que podrán usarlo son: proveedores de bienes importados de un tercer país con valor intrínseco no superior a 150 euros a clientes particulares de la UE; proveedores no comunitarios que realicen ventas intracomunitarias a distancia a clientes particulares de la UE, e interfaces electrónicas que faciliten las ventas a distancia de productos importados de terceros países cuyo valor intrínseco no supere los 150 euros.