El 67% de la población gaditana, confinada
● Los vecinos de 24 municipios no pueden salir ni entrar de su municipio salvo causas justificadas
El 67% de la población de la provincia de Cádiz está en situación de confinamiento municipal desde anoche, aunque algunas ya lo están desde el pasado lunes. Son algo más de 830.000 vecinos que residen en las 24 localidades que han superado la tasa de incidencia de 500 contagiados por cada 100.000 habitantes y que, atendiendo a la orden de la Junta de Andalucía no podrán salir de sus localidades salvo determinadas condiciones, que rigen también para el acceso a las mismas.
Esta cifra podría incrementar en los próximos días pues algunas localidades están a punto de superar esta tasa, como ocurre con Algeciras, la segunda ciudad más poblada de la provincia de Cádiz, que tiene 457,5 contagiados por cada 100.000 habitantes.
Ahora, con cierre perimetral están San Martín del Tesorillo; Jimena; San Fernando; Conil; Jerez; Sanlúcar; Cádiz; Tarifa; Puerto Real; Vejer; Chipiona; Rota; Algodonales; Arcos; El Gastor; Olvera; Prado del Rey y Setenil de las Bodegas, cuya incidencia ha superado los 500 contagios por 100.000 habitantes. Y también La Línea; Castellar; San Roque; Trebujena; San José del Valle y Los Barrios, que al superar la incidencia de mil tienen además toda la actividad no esencial restringida. Desde el pasado domingo, las Fuerzas de Seguridad incrementaron los controles en las salidas y entradas de los municipios confinados, que sólo está permitido salvo causa justificada.
En el BOJA se especifican los siguientes motivos: asistencia a centros sanitarios; a la universidad y a los centros educativos; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; retorno al lugar de residencia habitual o familiar; cuidado a mayores, menores, dependientes; desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes; actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos; realización de exámenes y pruebas oficiales inaplazables; desplazamiento para recolección en huertos y alimentación de animales; asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia. Así también se permiten desplazamientos para competiciones de categoría absoluta, de alto nivel o de alto rendimiento que se encuentren autorizadas, así como por causa de fuerza mayor y cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.