Fomento da un plazo de 15 días para presentar alegaciones
Tras la publicación de este primer listado, las comunidades de propietarios disponen de un plazo de 15 días hábiles para alegar lo que estimen pertinente o aceptar la subvención. La Consejería de Fomento ha optado por la ampliación del plazo en cinco días más para dar más margen a los beneficiarios, tanto titulares como suplentes, para aportar la documentación necesaria. Entre los requisitos, figura contar con el NIF de la comunidad de propietarios, el acuerdo para la realización de las obras y petición de la ayuda, el justificante de la titularidad de las viviendas y de la fecha de finalización del edificio o el proyecto o memoria técnica de las actuaciones que se realicen.
Cada municipio ha propuesto los requisitos de acceso a las viviendas, en los que se ha primado, sobre todo, a aquellas familias que se encuentran en una situación socioeconómica más desfavorable. Después, cada ayuntamiento ha planteado condiciones más específicas, como que sean edificios con mayor antigüedad, mayor altura, mayor ocupación o que no hayan optado a ayudas anteriores de rehabilitación de viviendas, entre otros aspectos. Las actuaciones tendrán, por lo general, como finalidad la mejora de la accesibilidad con la instalación de ascensores o rampas de accesos, la conservación del inmueble o la mejora de la eficiencia energética.