Archivan una investigación contra el ex consejero Ángel Ojeda por un curso
El instructor no aprecia relevancia penal y sólo ve “irregularidades” de tipo administrativo
Un juez de Granada ha archivado una investigación contra el ex consejero de Hacienda de la Junta Ángel Ojeda en relación con la subvención de 55.890 euros que su empresa recibió para la realización de un curso de formación para desempleados, al constatar que en los hechos investigados sólo se han detectado “irregularidades administrativas” sin relevancia penal, por lo que descarta los delitos de fraude de subvenciones o estafa, malversación de caudales públicos, falsedad documental y prevaricación.
El magistrado del juzgado de Instrucción número 1 de Granada acepta así los argumentos de la defensa de Ojeda, que ejerce el letrado Juan Carlos Alférez, para sobreseer esta investigación contra el ex consejero. En esta causa, que estaba abierta desde 2014, se investigaba el pago de esos 55.890 euros para la realización de un curso de montaje y mantenimiento de instalaciones de células fotovoltaicas y en la misma había cuatro investigados, entre ellos Ojeda.
En el auto, al que ha tenido acceso este periódico, el instructor concluye que la investigación de esta pieza de la macrocausa de los cursos de formación permite comprobar “determinadas irregularidades de tipo administrativo o con trascendencia en dicho ámbito, pero sin relevancia en la presente jurisdicción penal”. En el presente caso, detalla el juez, no se cumple la condición objetiva de punibilidad establecida para el caso del tipo del fraude de subvenciones públicas, esto es, la subvención obtenida –o aplicada a fines distintos de la subvención– debe ser en cantidad o valor superior a 120.000 euros, lo que no se da en este caso.
El juez tampoco aprecia indicios de la existencia del tipo penal de la estafa, pues “el curso fue impartido en su integridad y las presuntas irregularidades advertidas por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal sólo permiten sustentar sospechas o conjeturas, pero no hechos que permitan apreciar la existencia de indicios constatables y ciertos de dicha figura típica”.
Añade el auto que no se han encontrado “elementos suficientes y constatados que permitan la subsunción de los hechos en una supuesta estafa, porque no se puede sustentar que existiera un propósito previo de emplear los fondos de la subvención en beneficio propio, y que además no se pretendía cumplir con los compromisos adquiridos para obtener la subvención, por lo que tampoco hay indicios de ningún engaño y, por ende, de ninguna estafa”.