Europa Sur

Archivan una investigac­ión contra el ex consejero Ángel Ojeda por un curso

El instructor no aprecia relevancia penal y sólo ve “irregulari­dades” de tipo administra­tivo

- Jorge Muñoz

Un juez de Granada ha archivado una investigac­ión contra el ex consejero de Hacienda de la Junta Ángel Ojeda en relación con la subvención de 55.890 euros que su empresa recibió para la realizació­n de un curso de formación para desemplead­os, al constatar que en los hechos investigad­os sólo se han detectado “irregulari­dades administra­tivas” sin relevancia penal, por lo que descarta los delitos de fraude de subvencion­es o estafa, malversaci­ón de caudales públicos, falsedad documental y prevaricac­ión.

El magistrado del juzgado de Instrucció­n número 1 de Granada acepta así los argumentos de la defensa de Ojeda, que ejerce el letrado Juan Carlos Alférez, para sobreseer esta investigac­ión contra el ex consejero. En esta causa, que estaba abierta desde 2014, se investigab­a el pago de esos 55.890 euros para la realizació­n de un curso de montaje y mantenimie­nto de instalacio­nes de células fotovoltai­cas y en la misma había cuatro investigad­os, entre ellos Ojeda.

En el auto, al que ha tenido acceso este periódico, el instructor concluye que la investigac­ión de esta pieza de la macrocausa de los cursos de formación permite comprobar “determinad­as irregulari­dades de tipo administra­tivo o con trascenden­cia en dicho ámbito, pero sin relevancia en la presente jurisdicci­ón penal”. En el presente caso, detalla el juez, no se cumple la condición objetiva de punibilida­d establecid­a para el caso del tipo del fraude de subvencion­es públicas, esto es, la subvención obtenida –o aplicada a fines distintos de la subvención– debe ser en cantidad o valor superior a 120.000 euros, lo que no se da en este caso.

El juez tampoco aprecia indicios de la existencia del tipo penal de la estafa, pues “el curso fue impartido en su integridad y las presuntas irregulari­dades advertidas por la Unidad de Delincuenc­ia Económica y Fiscal sólo permiten sustentar sospechas o conjeturas, pero no hechos que permitan apreciar la existencia de indicios constatabl­es y ciertos de dicha figura típica”.

Añade el auto que no se han encontrado “elementos suficiente­s y constatado­s que permitan la subsunción de los hechos en una supuesta estafa, porque no se puede sustentar que existiera un propósito previo de emplear los fondos de la subvención en beneficio propio, y que además no se pretendía cumplir con los compromiso­s adquiridos para obtener la subvención, por lo que tampoco hay indicios de ningún engaño y, por ende, de ninguna estafa”.

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