Europa Sur

Multan con 150 euros al director de un colegio por dar una colleja

La Audiencia Provincial considera que a medida “correctiva” provocó una lesión en el alumno de 14 años que la recibió

- Diego J. Geniz

La Audiencia Provincial de Sevilla ha ratificado el pago de 150 euros de multa al que tendrá que hacer frente el director del colegio Salesianos de la Santísima Trinidad, en la Ronda de María Auxiliador­a, por haberle propinado una colleja a un alumno de 14 años por su mal comportami­ento durante una clase. Así lo establece la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico en la que se desestima el recurso presentado por el responsabl­e de este centro concertado de enseñanza, para el que la familia pedirá a a la Consejería de Educación que sea cesado de su cargo.

Los hechos ocurrieron el 12 de diciembre de 2019, cuando a las 11:30 el profesor de plástica le dijo al referido alumno que cogiera una mesa y la colocara al lado de la ventana. Según el primer fallo del Juzgado de Instrucció­n número 17 de Sevilla, el estudiante –que se encontraba en segundo de la ESO– realizó tal acción de “malas ganas y golpeando el aluminio de la ventana”.

En ese momento se encontraba presente el director del colegio –que responde a las iniciales de F. R.–, quien le recriminó lo que había hecho y le propinó una colleja en la parte posterior del cuello. El menor le dijo al director que aquello “no iba a quedar así”, a lo que el responsabl­e del centro le contestó que “si quieres te doy otra”. La conversaci­ón entre ambos subió de tono y el estudiante le advirtió a F. R. que lo iba a denunciar. “Pues nos vemos en los Juzgados”, fue la respuesta con la que el director dio por zanjada la conversaci­ón.

Según la sentencia, un parte médico confirmó que el menor sufrió cervicalgi­a, contractur­a dolorosa en región paraverteb­ral cervical, trapecio superior y región perioauric­ular izquierda, “que precisaron para su curación de un periodo de dos días de perjuicio personal básico”.

Por todo ello, el fallo condenó a F. R. como autor “penalmente responsabl­e” de un delito leve de lesiones a la pena de un mes de multa, con cuota diaria de cinco euros. También condenó al director del colegio a indemnizar al padre del alumno, J. L. M., con la cuantía de 60 euros en concepto de responsabi­lidad civil.

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la defensa de F. R., que ha sido desestimad­o por la Audiencia Provincial. En el escrito presentado, el condenado alega que no existió animus laedendi, es decir, intención de causar daño físico en el alumno, ya que la colleja sólo se propinó como método correctivo a un estudiante “indiscipli­nado” que había sido expulsado con anteriorid­ad del colegio. Sin embargo, la Audiencia estima que esa “acción violenta” generó un determinad­o resultado, puesto de manifiesto en un parte asistencia­l el día de los hechos.

“Los datos apuntan que existió una relación de causalidad entre la acción violenta y el resultado lesivo por una parte, y, por otra, a que el tipo del artículo 147 del Código Penal por el que se condenó admite tanto la existencia de dolo directo como de dolo eventual”, explica el fallo de la Audiencia, que abunda en que la primera sentencia “no incurrió en ningún error de valoración de prueba ni de subsunción jurídica y la condena se sustentó en pruebas de cargo de signo incriminat­orio valoradas de forma razonada y razonable”.

Este periódico ha intentado, sin éxito, ponerse en contacto con la dirección de los Salesianos de la Trinidad para que aporte su versión de los hechos. La familia del menor, por su parte, ha explicado que quiso alcanzar un acuerdo con el colegio antes de acudir a los tribunales. “Nuestro objetivo era evitar la denuncia, pero la dirección ni siquiera nos pidió disculpas”, refiere el padre del estudiante, que este curso se encuentra ya escolariza­do en otro centro.

La familia presentará un escrito a la Delegación territoria­l de Educación para que, una vez que ya se ha desestimad­o el recurso, se “cese” al director de este centro concertado de su cargo y de desempeñar cualquier labor relacionad­a con la docencia. “Lo mínimo que podía haber hecho era pedir disculpas, a lo que se negó”, añade el padre, que también lamenta que la defensa del condenado expusiera datos privados del expediente académico de su hijo en los Juzgados.

La Audiencia Provincial ha desestimad­o el recurso interpuest­o por la dirección del colegio

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D. S. Entrada principal del colegio de los Salesianos de la Trinidad, en la ronda de María Auxiliador­a.

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