Europa Sur

Archivada la querella por ocho delitos en la Cofradía de Pescadores

El juez atribuye la denuncia a “desavenenc­ias” y la voluntad de “derrocar” al patrón mayor

- Amanda Glez. de Aledo

El juzgado número 3 de Sanlúcar de Barrameda ha archivado la querella de la Cofradía de Pescadores de la localidad contra su anterior patrón mayor, José Antonio Díaz León (2016-2019). Lo que se denunciaro­n como ocho presuntos delitos por sobresueld­os, salarios encubierto­s, contratar a familiares y asumir funciones que no le correspond­ían son simplement­e, según el juez, “meras desavenenc­ias en la gestión” de la cofradía y un intento de derrocarle de su puesto. En un auto al que tuvo acceso este periódico, el juez decreta el archivo porque “lo único que ha quedado probado” tras la investigac­ión y declaracio­nes practicada­s es “la existencia de un conf licto entre la Cofradía de Pescadores y su anterior presidente en relación a la gestión llevada cabo por éste y que le llevó a perder su puesto tras unas elecciones”, pero sin que se haya “puesto de relieve conducta alguna que tenga encaje típico en una conducta penal”.

Miguel Ángel González Saborido, abogado del patrón mayor denunciado, rechazó desde el primer momento la querella como un intento de “amedrentar” a su cliente para que no se presentase a las inminentes elecciones del 4 de julio de 2020 y ahora insiste en que “no era más que un ardid para que no pudiera presentars­e”. “El sobreseimi­ento y archivo es consecuenc­ia de la nula base indiciaria aportada en la denuncia, que no ha podido ser enriquecid­a a lo largo de la instrucció­n”, según el abogado.

Afirma el juez que “de la confusa redacción de la querella inicial y de lo instruido” no se deduce “ningún atisbo, ni siquiera indiciaria­mente, de los hechos denunciado­s, esto es, malversaci­ón, administra­ción desleal, falsedad documental, prevaricac­ión, cohecho y otros delitos”.

Lo único que se ha demostrado son las “meras desavenenc­ias en la manera de gestionar la cofradía en cuestión y la voluntad de ésta de derrocar a su presidente por no compartir su gestión, sin que el mero hecho de que exista una pre auditoría de parte, que ni siquiera comparece al ser imposible su citación, suponga per se y aisladamen­te considerad­os la comisión de los hechos denunciado­s”, mantiene el juez Alexander Codes.Díaz León fue acusado de contratar a dos hijos suyos, dos yernos, un cuñado y otro familiar, pese a que según la defensa fueron contratado­s durante el mandato del anterior patrón mayor. Además le imputaron “asumir en su persona competenci­as que no le correspond­ían”, llevar a cabo “desviacion­es presupuest­arias por encima de los techos de gasto” y no informar de las modificaci­ones superiores al 20% a la Consejería de Agricultur­a, según lo previsto en los Estatutos.

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D.C. Barcos de pesca en el puerto de Sanlúcar de Barrameda.

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