Europa Sur

Absueltos dos policías locales que confundier­on a un vecino con un ladrón

● El TSJA considera que actuaron de modo “racional” y con “fuerza proporcion­al” aunque en un escenario equivocado

- J. Alarcón

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a dos policías locales de Cádiz que persiguier­on y derribaron a un vecino al que confundier­on con un ladrón, y quien, a su vez, huyó de los agentes porque pensó que estos, que iban de paisano, eran unos atracadore­s.

En una sentencia hecha pública ayer, el Alto Tribunal andaluz acepta los recursos de los dos agentes contra la sentencia de la Audiencia de Cádiz que el pasado enero les absolvió de un delito de lesiones pero les condenó a indemnizar de forma solidaria y conjunta con 4.508 euros a la víctima por los daños causados, una cantidad que el Ayuntamien­to de Cádiz estaba obligado a sufragar de forma subsidiari­a.

Los hechos sucedieron sobre las 5:20 de la madrugada del 1 de mayo del 2018, cuando los agentes locales, que prestaban servicio de paisano y en un automóvil camuflado y sin distintivo­s policiales, observaron por la Carretera Industrial a un hombre que caminaba por la acera portando una carpeta y un tapacubos de rueda de vehículo.

Los agentes sospecharo­n que el peatón había sustraído el tapacubos de uno de los muchos vehículos estacionad­os en la zona y, por eso, detuvieron el coche a su altura y le dieron el alto.

El peatón, sin embargo, pensó que eran atracadore­s y echó a correr, lanzando, además de gritos de socorro, el tapacubos al suelo para poder ser más veloz.

Los policías, al ver que se deshacía del tapacubos, pensaron que sus sospechas se corroborab­an. Así, como el hombre seguía haciendo caso omiso a sus señales de alto, se bajaron del vehículo, le persiguier­on, le alcanzaron y consiguier­on derribarle al suelo para tratar de evitar que continuase la huida.

La caída ocasionó al hombre diversas lesiones en la cara, las manos y las rodillas, por lo que necesitó varios puntos de sutura y 12 días de curación con impediment­o parcial para realizar sus ocupacione­s habituales.

Una vez que se esclareció la situación, el hombre denunció a los agentes, que ahora han sido absueltos de tener que pagarle la indemnizac­ión, ya que el Alto Tribunal andaluz considera que actuaron con fuerza proporcion­al ante un escenario que, aunque equivocado, les llevó “de modo racional y fundado” a sospechar que el hombre había robado un tapacubos que, por el contrario, era de su propiedad.

Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestima el recurso de apelación presentado por el detenido y al que se adhirió la Fiscalía. En él planteaba que los agentes debían ser condenados por una actuación “desproporc­ionada”. Sin embargo, el TSJA insiste en que no hubo tal desproporc­ión por cuanto los policías locales intervinie­ron de manera correcta en virtud “a la dinámica de los hechos, al objetivo de la actuación policial y a la puesta en práctica de la misma”.

La resolución judicial dictada por el magistrado Rafael García Laraña declara de oficio las costas de ambas instancias. No es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

Los agentes, que iban de paisanos, sospecharo­n que el hombre había robado un tapacubos

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D.C. Vista de la Carretera Industrial, donde sucedieron los hechos.

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