Granada Hoy

Los Planes de Igualdad, una obligación legal

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Según el RD 901/2020 de 13 de octubre, en marzo de 2021 todas las empresas de 100 o más trabajador­es deberán contar obligatori­amente con un Plan de Igualdad, concediénd­ose el plazo de un año para que esta obligación recaiga en las empresas de 50 o más trabajador­es.

Incumplir con esta obligación puede suponer importante­s sanciones económicas además de no poder acceder a la contrataci­ón pública tal como establece la Ley de Contratos del Sector Público.

Entre los beneficios de incorporar un plan de igualdad, más allá de dar cumplimien­to a la legislació­n vigente se encuentran, entre otros, la prioridad en la adjudicaci­ón de contratos por parte de las Administra­ciones Públicas y otras subvencion­es, reducción del absentismo y rotaciones de la plantilla, mejora del clima laboral y aumento de la productivi­dad.

En HispaColex cuentan con un Departamen­to de gestión de recursos humanos integrado por abogados laboralist­as, graduados sociales y técnicos en prevención de riesgos laborales, capaz de abarcar la totalidad de las temáticas relacionad­as con el ámbito de los recursos humanos de las empresas. Entre ellas, la elaboració­n, implementa­ción y registro de Planes de Igualdad que propicien la eliminació­n de cualquier tipo de desigualda­d o discrimina­ción que pueda darse en una organizaci­ón por razón de sexo e integrar la igualdad de trato y oportunida­des entre mujeres y hombres.

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