Los Planes de Igualdad, una obligación legal
Según el RD 901/2020 de 13 de octubre, en marzo de 2021 todas las empresas de 100 o más trabajadores deberán contar obligatoriamente con un Plan de Igualdad, concediéndose el plazo de un año para que esta obligación recaiga en las empresas de 50 o más trabajadores.
Incumplir con esta obligación puede suponer importantes sanciones económicas además de no poder acceder a la contratación pública tal como establece la Ley de Contratos del Sector Público.
Entre los beneficios de incorporar un plan de igualdad, más allá de dar cumplimiento a la legislación vigente se encuentran, entre otros, la prioridad en la adjudicación de contratos por parte de las Administraciones Públicas y otras subvenciones, reducción del absentismo y rotaciones de la plantilla, mejora del clima laboral y aumento de la productividad.
En HispaColex cuentan con un Departamento de gestión de recursos humanos integrado por abogados laboralistas, graduados sociales y técnicos en prevención de riesgos laborales, capaz de abarcar la totalidad de las temáticas relacionadas con el ámbito de los recursos humanos de las empresas. Entre ellas, la elaboración, implementación y registro de Planes de Igualdad que propicien la eliminación de cualquier tipo de desigualdad o discriminación que pueda darse en una organización por razón de sexo e integrar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.