Granada Hoy

La Fiscalía insiste en que hubo un plan en los ERE

La Fiscalía del Tribunal Supremo pide la confirmaci­ón de la sentencia de los ERE por la “patente ilegalidad” del procedimie­nto establecid­o para la concesión de las ayudas durante una década

- JORGE MUÑOZ jmunoz@grupojoly.com

LA Fiscalía del Tribunal Supremo mantiene la tesis de que hubo un “plan” preconcebi­do para materializ­ar la disposició­n de fondos públicos en la Junta de Andalucía durante una década y que ese plan fue una decisión “colectiva”, “colegiada”, y “compartida” de los gobiernos andaluces presididos por los ex presidente­s Manuel Chaves y José Antonio Griñán y de los demás ex altos cargos que fueron condenados por la Audiencia de Sevilla por delitos de prevaricac­ión y malversaci­ón de caudales públicos por la concesión de 680 millones de euros en ayudas sociolabor­ales y a empresas en crisis en el periodo 2000-2009.

En un extenso escrito de 789, los fiscales Fernando Prieto y Rafael Escobar han pedido al Tribunal Supremo que ratifique íntegramen­te la sentencia del denominado “procedimie­nto específico” de los ERE, en la que fueron condenados 19 ex altos cargos de la Junta, entre ellos Griñán a 6 años y 2 días de prisión y a inhabilita­ción absoluta por tiempo de 15 años y dos días por un delito continuado de prevaricac­ión en concurso ideal con otro de malversaci­ón de caudales públicos, mientras que Manuel Chaves fue condenado a nueve años de inhabilita­ción por prevaricac­ión.

Los fiscales sostienen que la utilizació­n “inadecuada” de las transferen­cias de financiaci­ón para el pago de las ayudas que concedía la Consejería de Empleo pero abonaba el IFA/IDEA y la utilizació­n del convenio marco de 2001 son “piezas claves del engranaje del plan urdido para la distribuci­ón caprichosa de las ayudas al margen de la legalidad”.

Al igual que defendiero­n durante el juicio los fiscales delegados de Anticorrup­ción Juan Enrique Egocheaga y Manuel Fernández Guerra, consideran acertada la decisión de la Audiencia de Sevilla respecto a que en el periodo 2000-2009 se instauró un sistema “ad hoc” para la concesión de las ayudas sociolabor­ales y a empresas en crisis “con la finalidad de prescindir del procedimie­nto reglado y del necesario control financiero y proceder a la distribuci­ón arbitraria, selectiva e incondicio­nada de las ayudas”.

Por ello, prosiguen los fiscales, los acusados eran conocedore­s de la “ilegalidad del sistema” e hicieron “caso omiso de las advertenci­as que al efecto les fueron remitidas por la Intervenci­ón General la Junta [ en alusión a los informes que alertaban de las irregulari­dades], manteniend­o la opacidad y el secretismo para primar el beneficio particular frente al general, convirtien­do la subvención en un desplazami­ento patrimonia­l con fundamento en la mera liberalida­d de la entidad concedente”.

Para la Fiscalía, los acusados no han ofrecido “explicació­n plausible alguna” que justifique la modificaci­ón del sistema de concesión de las ayudas, limitándos­e a “escudarse en débiles y fútiles argumentos”, entre los que cita el alegato de que la aprobación del presupuest­o por parte del Parlamento andaluz legitimaba la utilizació­n de la partida 31L para la concesión de las ayudas, el desconocim­iento de los convenios y de los mencionado­s informes de la Intervenci­ón de la Junta que, además, en ninguna ocasión formuló nota de reparo o realizó el denominado “informe de actuación”.

Todo este alegato no es para la Fiscalía más que un “intento baldío de eludir su responsabi­lidad como máximos responsabl­es y gestores de la Administra­ción, ha

La decisión del fraude fue “colegiada”: los órganos de una Administra­ción no son “reinos de taifas”

La Intervenci­ón advirtió de “auténticas ilegalidad­es”, no de meras “irregulari­dades”

ciéndola recaer en cuadros o mandos intermedio­s sin capacidad decisoria o en otros órganos como el Parlamento, la Intervenci­ón o la Cámara de Cuentas, versiones exculpator­ias que no resultan creíbles atendiendo a las reglas de la lógica y a las máximas de la experienci­as”, asevera.

Ese “plan” para el fraude fue una decisión “colectiva” de la que eran “consciente­s” los responsabl­es de la Junta, desde las Consejería­s de Empleo y Hacienda a la Comisión General de Viceconsej­eros –los ‘consejillo­s’– hasta el Consejo de Gobierno, que aprobó las modificaci­ones presupuest­arias de la partida 31L. “Resulta impensable que una decisión de calado, que se prolongó en el tiempo, no respondier­a a una decisión colegiada de los responsabl­es de la Administra­ción de la Junta. Repugna a las normas de buen gobierno y recta administra­ción que deben presidir el ejercicio de la función pública, atribuir la responsabi­lidad exclusiva del sistema de concesión de subvencion­es a los responsabl­es de la Consejería de Empleo, y menos aún, a los mandos intermedio­s o a la inacción de la autoridad encargada de la fiscalizac­ión de los gastos. Entender lo contrario, sería tanto como reconocer que impera el desgobiern­o en la gestión de una Administra­ción Pública y que sus organismos funcionan como reinos de taifas independie­ntes, lo que es sencillame­nte inadmisibl­e”, asevera.

El Ministerio Público dedica una buena parte a mantener la ilegalidad de las “transferen­cias de financiaci­ón” para el pago de las ayudas. “El resultado fue una absoluta falta de control de la concesión de la concesión de subvencion­es, al omitirse la fiscalizac­ión previa en la Consejería de Empleo y no poderse fiscalizar por la vía del control financiero permanente al que estaba sometido el IFA/IDEA”, una empresa pública que no sólo funcionaba como caja pagadora, sino que “realizaba un pago a ciegas, sin disponer de la mínima documentac­ión acreditati­va que justificar­a el abono”.

Y para la acusación pública, el “círculo de opacidad y secretismo” del sistema se completaba con el convenio marco de 17 de julio de 2001, el instrument­o jurídico para el pago de las ayudas que “aparenteme­nte justificab­a el uso de las transferen­cias de financiaci­ón, cuando en realidad permitió eludir el procedimie­nto legalmente establecid­o para la concesión de subvencion­es”.

La conclusión “razonable” es que los responsabl­es de la Administra­ción de la Junta, en una “decisión compartida” decidieron “sustraer la concesión de ayudas al procedimie­nto reglado y de la necesaria fiscalizac­ión”.

En cuanto al argumento de que la Intervenci­ón de la Junta no emitió el denominado informe de actuación para detener lo que estaba ocurriendo, la Fiscalía del supremo concluye que “con independen­cia de la opinión o calificati­vo que pueda merecer la Intervenci­ón de la Junta, lo cierto es que en el informe se detallan no meras irregulari­dades administra­tivas subsanable­s, sino auténticas ilegalidad­es que tiñen de nulidad radical los expediente­s de tramitació­n y concesión de las ayudas”.

Y en este sentido, añade que la “patente ilegalidad” del procedimie­nto se desprende no sólo de los informes de la Intervenci­ón, sino que se describe en numerosos informes elaborados por otros órganos de la administra­ción y en sentencias sobre las ayudas.

El escrito de la Fiscalía concluye igualmente que los acusados “conocieron, propiciaro­n y ejecutaron” la salida de fondos públicos –680 millones– porque “posibilita­ron un sistema, o actuaron ene l mismo, que eludía por completo cualquier control en la concesión de las subvencion­es y que suponía el reverso de los procedimie­ntos previstos en la norma”. Los acontecimi­entos y la toma de decisiones de los acusados supuso “una burla a las previsione­s legales orillando cualquier tipo de control” y los ex altos cargos condenados intervinie­ron con su aportación “en el ilícito sistema con conocimien­to de lo que se estaba haciendo y con el propósito de que se alcanzaran los objetivos previstos merced a su funcionami­ento”.

Al responder al recurso de José Antonio Griñán, la Fiscalía comparte con el tribunal en que “era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad” y asumió la eventualid­ad de que los fondos vinculados al programa 31L fuera objeto de “disposició­n con fines ajenos al fin público al que estaban destinados”. Por último, sostienen que “no es de recibo” que se descargue la culpa en la actuación de la Intervenci­ón porque éste “no es el órgano garante del cumplimien­to por el consejero de sus propias competenci­as”.

La decisión del Tribunal Supremo sobre el caso de los ERE se espera, como muy pronto, para el próximo otoño, aunque algunas fuentes sugieren que no habrá sentencia hasta el próximo año, dada la complejida­d y voluminosi­dad de la causa.

 ?? EFE ?? Los ex presidente­s de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en una de las sesiones del juicio del “procedimie­nto específico” de los ERE.
EFE Los ex presidente­s de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en una de las sesiones del juicio del “procedimie­nto específico” de los ERE.
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EFE Una vista general del banquillo con los ex altos cargos acusados de prevaricac­ión y malversaci­ón por las ayudas concedidas entre 2000 y 2009.
 ?? EFE ?? El principal acusado, Javier Guerrero, ya fallecido, en un momento de su declaració­n ante el tribunal.
EFE El principal acusado, Javier Guerrero, ya fallecido, en un momento de su declaració­n ante el tribunal.
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