Los afectados de ERTE podrán fraccionar el pago del IRPF en seis meses
La Agencia Tributaria permitirá fraccionar en seis veces el pago de la liquidación del IPRF a aquellos contribuyentes que estuvieron incursos en un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) durante 2020 y cuya declaración salga positiva.
Fuentes de Hacienda confirmaron que “en breve” se aprobará una orden ministerial para recoger esta modificación en las declaraciones a ingresar de los contribuyentes sujetos a ERTE, que podrán abonar en esos seis meses (entre julio y diciembre) la liquidación sin intereses.
Para las declaraciones a ingresar, habitualmente el pago se puede fraccionar en dos veces (el 60% al presentar la autoliquidación y el 40% restante en noviembre), pero la orden ampliará esos plazos para los sometidos a ERTE.
Al tiempo, la Agencia Tributaria recomienda a los trabajadores afectados por un ER
La liquidación podrá ser abonada sin intereses entre julio y diciembre
TE que hayan recibido cobros indebidos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que esperen a su reclamación antes de presentar la declaración de la renta.
La Agencia Tributaria publicó la semana pasada en su web un documento con información específica para los 3,5 millones de trabajadores afectados por un ERTE ante la campaña de la renta 2020, que arranca el miércoles.
En concreto, la Agencia señala que las dificultades que puede encontrar el colectivo perceptor de prestaciones del SEPE (que se consideran rendimientos de trabajo sujetos a IRPF) proceden o bien del hecho de tener dos pagadores (su empresa y el SEPE) o bien por haber recibido abonos que no le correspondían.
En los casos de trabajadores que hayan recibido un abono del SEPE superior al que le correspondía, tendrán que tener en cuenta esta circunstancia para elaborar su declaración de la renta, aunque la actuación será diferente en función de si se les ha reclamado o no la devolución de estas cantidades.