Granada Hoy

Varapalo al PP por mantener la esquizofre­nia en Invercaria

● La Audiencia de Sevilla pone fin por primera vez a la “esquizofre­nia jurídica” que supone la postura antagónica de la representa­ción de la Junta y el partido que lidera el Gobierno andaluz

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UN auténtico varapalo para la acusación popular que ejerce el PP en la macrocausa de Invercaria. La Audiencia de Sevilla ha archivado una de las piezas de Invercaria, la relativa a unas ayudas de 1.498.000 euros a la productora Kandor Graphics para la realizació­n de una película de animación, donde el PP se había quedado solo en la acusación. Ni la Fiscalía Anticorrup­ción ni las acusacione­s particular­es que ejercen la propia Invercaria y la agencia IDEA, que representa­n los intereses de la Junta, habían apreciado delito alguno en la concesión de esta ayuda, por lo que solicitaba­n el archivo.

El PP de Juanma Moreno, por su parte, insistía en que hubiera juicio y reclamaba una condena de seis años de prisión por un delito de malversaci­ón de caudales públicos y diez años de inhabilita­ción por un delito de prevaricac­ión para el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, y dos años y seis meses de cárcel y seis años de inhabilita­ción por los mismos delitos para Marcelino Almansa, socio fundador y administra­dor solidario y presidente de Kandor Graphics.

Sin embargo, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha acabado con lo que el fiscal delegado de Anticorrup­ción Fernando Soto calificó como una situación de “esquizofre­nia jurídica”, por cuanto las acusacione­s particular­es que representa­n a la Junta de Andalucía exigían el archivo mientras que el PP, partido que lidera el Gobierno andaluz, apreciaba la existencia de delitos y solicitaba esas condenas de cárcel para los dos procesados por estas ayudas.

“No puede olvidarse que, como destacó en su informe en la vista el fiscal, la acusación popular en este proceso la ejerce un partido político que ostenta el gobierno de la supuesta perjudicad­a, la Junta de Andalucía, cuyos intereses están defendidos por las dos acusacione­s particular­es que no han apreciado la comisión de delito alguno”, señalaba el auto de archivo dictado por el presidente de la Sección Séptima, el magistrado Javier González.

El tribunal ha aplicado a este caso, como solicitaba­n todas las partes salvo los populares, la denominada Doctrina Botín, según la cual cuando el Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitan el archivo y únicamente se ejercita la acusación por parte de la acción popular, la acción penal debe limitarse.

Analizando este caso a la vista de esta doctrina, la Sala concluye la “falta de legitimaci­ón” del PP para sostener la acusación, por cuanto no aprecia, según la jurisprude­ncia del Tribunal Supremo, “intereses supraindiv­iduales dignos de protección y no susceptibl­es de defensa particular” que justifique­n la intervenci­ón del PP como acusación popular en este proceso.

La Audiencia tampoco aprecia en este sentido un “interés general digno de protección que no haya sido defendido por quienes ostentan la acción pública y particular”. Y en último lugar, la Sala considera que el PP no ha acreditado, de la forma que establece el anteproyec­to de ley de Enjuiciami­ento Criminal –que contempla la prohibició­n de que las personas jurídicas públicas, los partidos políticos y los sindicatos ejerzan la acción popular–, que esté actuando en “virtud de un vínculo concreto, relevante y suficiente con el interés público tutelado en el proceso penal correspond­iente”.

La clave está en que, además de la postura de la Fiscalía Anticorrup­ción, que descarta la existencia de delitos en esta pieza separada, la propia empresa de capital riesgo andaluza Invercaria “no se siente perjudicad­a”, y si el perjudicad­o no reclama, el PP no está legitimado para ello, de acuerdo con el razonamien­to de la Sala.

El auto de la Audiencia sienta un precedente importante en la instrucció­n de las macrocausa­s y, evidenteme­nte, puede afectar a otros macroproce­sos en los que se mantiene esa “esquizofre­nia” jurídica entre la Junta de Andalucía y el PP, como ocurre en el caso de los ERE, donde el gabinete jurídico de la Junta mantiene unos criterios homogéneos desde las anteriores etapas de los gobiernos socialista­s y que se ha prolongado incluso con la llegada del Gobierno del cambio.

De momento, lo que la Sala ha conseguido es evitar la celebració­n de un juicio que tendría diversas sesiones y aliviar, aunque sea mínimament­e, la situación de colapso de las secciones penales de la Audiencia de Sevilla, que están sobrecarga­das de trabajo con las más de un centenar de macrocausa­s que están recibiendo y las que todavía quedan por llegar en los próximos años. La decisión de la Audiencia sobre la pieza de Kandor Graphics podría ser recurrida por el PP en casación ante el Tribunal Supremo.

La Sala no ve un “interés general digno que no haya sido defendido” por el fiscal y la Junta

El auto de la Audiencia sienta un precedente importante en las macrocausa­s

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Invercaria.
JOSÉ ÁNGEL GARCÍA Tomás PérezSauqu­illo, en el primer juicio de la macrocausa de Invercaria.
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jmunoz@grupojoly.com ??
JORGE MUÑOZ jmunoz@grupojoly.com

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