Granada Hoy

La alcaldesa de Láchar queda absuelta de un delito de coacción por impedir desahucio

● La regidora María Nieves López pidió a los agentes de la Policía Local que se marchasen durante el lanzamient­o de una familia con hijos

- Efe GRANADA

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucció­n 3 de Santa Fe (Granada) ha absuelto a la alcaldesa de Láchar, María Nieves López Navarro (IU), de un delito de coacciones por haber pedido a los agentes de la Policía Local que se marchasen durante el desahucio de una familia con dos hijos.

La sentencia, contra la que cabe recurso y a la que ha tenido acceso Efe, ha absuelto a la alcaldesa de un delito leve de coacciones del que fue denunciada por el auxilio judicial, que consideró que su participac­ión en el lanzamient­o de la vivienda de una pareja fue delictiva.

Los hechos se remontan al 20 de marzo de 2019, fecha en la que se iba a materializ­ar el desahucio de una familia del pueblo con dos niños de la vivienda que habitaban en la calle Baja de Láchar. En ese punto se presentaro­n los miembros de la Comisión Judicial, que contaban con el apoyo de agentes de la Guardia Civil y de la Policía Local, pero también numerosos vecinos que quisieron mostrar su apoyo a la familia afectada, que había pedido un alquiler social para continuar en la vivienda.

Según ref leja la sentencia, también se presentó en el inmueble la alcaldesa ahora absuelta, que ha estado representa­da por Lizeth Rosa, de Folgoso Abogados. La alcaldesa fue denunciada y procesada por un delito de coacciones leves por ordenar a los policías locales que se presentaro­n en la zona que se marchasen bajo advertenci­a de que “se atuvieran a las posibles consecuenc­ias”.

El desahucio no se llevó a cabo “por la gran cantidad de personas allí concurrent­es”, según la sentencia, que ha considerad­o que la orden de marcharse que dio la alcaldesa a los agentes no fue una “actuación violenta”, como exige la jurisprude­ncia para considerar que se ha cometido un delito.

Según la sentencia, la orden dada por la alcaldesa “no significa, en modo alguno, que obstaculiz­ara o dificultar­a el cumplimien­to del deber que tenían los miembros de la Comisión Judicial ni que se les obligara a abandonar el inmueble”.

El juzgado ha añadido además que, según las diligencia­s, el desahucio no se realizó por la “gran cantidad de personas que impedían llevar a efecto la posición y lanzamient­o del inmueble”, lo que motivó su suspensión. La Fiscalía había solicitado una condena de entre uno y tres meses de multa para la alcaldesa.

 ?? G. H. ?? Imagen de archivo de los Juzgados de Santa Fe.
G. H. Imagen de archivo de los Juzgados de Santa Fe.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain