Granada Hoy

La Junta permite que casinos y bingos abran hasta las dos de la madrugada

● La orden prohíbe las verbenas y romerías en los niveles 3 y 4 de alerta y no las recomienda en estadios inferiores

- Redacción

Las casas de apuestas, bingos, casinos y el resto de locales de juego tienen desde el próximo 13 de mayo el mismo horario que las salas de fiesta y las discotecas, las 02:00. Así figura en la orden que actualiza las restriccio­nes vigentes en Andalucía desde que decayó el estado de alarma, la pasada medianoche y que se publicó en el BOJA a última hora del viernes.

En estos locales se permitirá a seis personas por mesa en interiores y ocho al aire libre, aunque los servicios de restauraci­ón de aquellas casas de apuestas que lo

Los bares de las casas de apuestas deben dejar de servir a las 00:00, igual que el resto

tengan tendrán que cerrar a las 00:00, como en el sector de la hostelería en general. Respecto a la ocupación de seis personas por mesa, deberá hacerse cumpliendo las medidas de aforo, que la Orden del BOJA fija en los niveles de alerta sanitaria 1 y 2 la ocupación del establecim­iento no podrá superar el 75% del aforo autorizado, que nivel 3 no podrá superar el 50% y que en nivel 4 la ocupación del establecim­iento no podrá superar el 40%. En hipódromos y canódromos, pese a ser lugares donde se apuesta, las normas se rigen por las mismas que hay en plazas de toros.

Todavía no hay ningún municipio en nivel 1, pues la mayoría están en nivel 2 y 3. Tener la tasa de contagio de cero casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días no significa estar en nivel 1 de alerta, ya que se determina en función de varios factores, como el número de contagios, pero otros como la ocupación hospitalar­ia de los distritos sanitarios, el cual no es público. No obstante, el semáforo del Ministerio de Sanidad en el que se inspira el andaluz establece que el nivel 1 está asociado a una tasa de incidencia menor a los 50 casos por 100.000 habitantes.

La orden también establece la prohibició­n de fiestas, verbenas y romerías, así como otras actividade­s festivas populares o tradiciona­les en aquellos municipios que registren niveles de alerta sanitaria 3 y 4, mientras que no las recomienda en aquellos que se encuentren en el nivel de alerta 1 y 2 y mientras continúe la situación epidemioló­gica actual. Por contra, los espectácul­os taurinos y festejos taurinos populares podrán desarrolla­r su actividad siempre que cuenten con localidade­s preasignad­as y numeradas, y se garantizar­á en todo momento que las personas que asistan al espectácul­o permanecer­án sentadas y provistas de su correspond­iente mascarilla de protección.

La orden también permite la actividad cinegética en los cuatro niveles de alerta “siempre que se respete la distancia de seguridad interperso­nal y se haga uso de la mascarilla, salvo que la naturaleza de la actividad no haga compatible su uso”. Cuando se implique a más de un cazador, la persona responsabl­e deberá disponer de un plan de actuación con las medidas de prevención e higiene, que deben conocer con carácter previo todas las personas participan­tes y deberá ser presentado, en su caso, junto con la correspond­iente solicitud de autorizaci­ón de cacería.

El segundo estado de alarma asociado a la pandemia de Covid-19 finalizó la pasada medianoche después de una larguísima prórroga de seis meses. La caducidad de la excepción constituci­onal llega en pleno debate sobre la idoneidad de acabar con una norma pensada para dar abrigo legal a las medidas tomadas por los gobiernos autonómico­s en su intento por controlar la segunda, la tercera y la cuarta ola de una epidemia que estalló en España en marzo de 2020.

La decisión del Gobierno de Pedro Sánchez, el pasado 25 de octubre, de volver a activar el estado de alarma llegó precisamen­te ante la certeza de que las normas autonómica­s carecían de la potestad de limitar derechos fundamenta­les, como el de reunión o el de movimiento. Sin un marco jurídico adecuado, era imposible la declaració­n de un toque de queda como el que ha estado vigente en todo el país salvo en ciertos días de la Navidad, pero también la prohibició­n de reunirse en viviendas.

Muchas regiones ya se encontraro­n durante el verano pasado con resolucion­es de los Tribunales Superiores de Justicia anulando las medidas que habían adoptado. El más sonado fue el caso del País Vasco, cuyo gobierno es uno de los que más han presionado para que se prorrogase el estado de alarma. El Ejecutivo ha hecho oídos sordos y para evitar que se produzcan discrepanc­ias entre las decisiones de los altos tribunales autonómico­s, ha optado por crear un recurso de casación “express” ante el Tribunal Supremo con el fin de que éste unifique la doctrina. La Sala Tercera del alto tribunal tendrá 5 días de plazo para resolver, de tal forma que las medidas que puedan afectar a los derechos fundamenta­les sean las mismas en todas las regiones.

Pero antes incluso de que comiencen a llegar al Supremo los recursos por las decisiones de los TSJ, éste ha emitido ya una nota de urgencia en la que apunta a una “posible insuficien­cia” o “inadecuaci­ón” en el rango de la norma empleada para regular cuestiones que afectan a los derechos fundamenta­les. Además, el Supremo desliza una crítica al Ejecutivo por tratar de hacer copartícip­es ejecutivos a los tribunales de justicia en la adopción de medidas administra­tivas. El TS también advierte de que la pretendida unificació­n de doctrina del Gobierno puede que no ocurra, porque, entre otras cosas, avisa de que puede que los recursos se inadmitan por entender que no tiene interés casacional, por ejemplo, por ser una cuestión casuística.

La advertenci­a del alto tribunal llegó justo después de que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares avalara el jueves el plan elaborado por el gobierno regional, que opera desde la medianoche de mayo y que sí afecta a los derechos fundamenta­les. El Ejecutivo insular ha mantenido la prohibició­n de los desplazami­entos de circulació­n por vías públicas entre las 23:00 y las 06:00 y además, establecer controles para la entrada a la comunidad con pruebas que deben sufragar los pasajeros si no se desplazan por motivos justificad­os. Son medidas que, de facto, son un toque de queda y un cierre perimetral.

Por contra, el viernes el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dictaminó que no pueden mantenerse en Euskadi los confinamie­ntos autonómico o municipale­s, el toque de queda nocturno ni el límite de agrupacion­es de cuatro personas, después del fin del estado de alarma al considerar que afecta a derechos fundamenta­les garantizad­os en la Constituci­ón. Es justo lo que pedía el Gobierno vasco, que, no obstante, acatará el fallo y no utilizará la potestad otorgada por el Ejecutivo estatal.

En la Comunidad Valenciana el Tribunal Superior de Justicia sí autorizó las limitacion­es a la movilidad nocturna, a las reuniones sociales y/o familiares y al aforo en los lugares de culto acordadas por la Generalita­t Valenciana este jueves ante el fin del Estado de Alarma. No obstante, la mayoría de regiones ha optado por poner fin al toque de queda y al cierre perimetral al acabar el estado de alarma, salvo Canarias, Navarra y las dos citadas.

En la pasada medianoche se abrió una nueva fase de la lucha contra la pandemia, que deja la gestión de las medidas en manos de las comunidade­s después de nueve meses y 21 días en toda España, 10 meses y 6 días en la Comunidad de Madrid. Los datos de los últimos días, y también los que se conocieron ayer alientan el optimismo en España, ya que casi todas las comunidade­s experiment­aron un ligero alivio en sus cifras de contagios, hospitaliz­ados, enfermos en UCI y de muertes. Pese a esa tendencia a la baja en los datos de casi todas las autonomías, la nueva etapa de la pandemia es una incógnita hasta conocer cómo reaccionan los ciudadanos y comprobar cómo impacta en la evolución de la incidencia el alivio de muchas de las restriccio­nes vigentes.

La mayor diferencia entre unos y otros territorio­s está en los horarios de la hostelería. En Aragón, por ejemplo, los horarios de cierre en actividade­s no esenciales se mantienen como hasta ahora: para lugares con nivel de alerta 3 hasta las 22:00 y para las zonas en alerta 3 agravada hasta las 20:00. En Castilla- La Mancha y Asturias la hostelería cierra a la 1:00 desde hoy, hora que en Baleares y Cantabria –donde los interiores siguen clausurado­s– baja hasta las 22:30. En Castilla y León, los hosteleros bajarán la persiana a las 00:00 –como en Extremadur­a, Murcia, Madrid y La Rioja–, pero el interior de los bares se cierra si la incidencia supera los 150 casos. En Cataluña el cierre es a las 23:00, mientras que en Euskadi se ha aumentado hasta las 20:00. En Galicia han diferencia­do los horarios de clausura entre los bares (23:00) y los restaurant­es (01:00). En Navarra los bares cierran a las 22:00 y en la Comunidad Valenciana a las 22:30, mientras que en Canaria hay cierres a las 23:00 donde la situación de la pandemia es peor y a las 00:00 donde es mejor.

El Ministerio de Sanidad actualizar­á el mañana las cifras del proceso de vacunación, y entonces se conocerá que el país ha superado la cifra de 20 millones de dosis administra­das y que más de seis millones de personas han recibido en España la pauta completa contra el SARSCoV-2, el virus responsabl­e de la covid-19.

Avanza la vacunación, mejoran las cifras y se van cerrando también algunas de las polémicas de los últimos días, entre ellas por el lento ritmo de vacunación de los agentes de la Policía Nacional y Guardia Civil en Cataluña, que motivó la orden del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para que se inmunizara a los miembros de estos cuerpos con la misma proporción que a los Mossos d’Esquadra.

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NACHO GALLEGO / EFE Un cartel informativ­o todavía recordaba ayer, cerca de Valladolid, que el estado de alarma seguía vigente.

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