La Junta permite que casinos y bingos abran hasta las dos de la madrugada
● La orden prohíbe las verbenas y romerías en los niveles 3 y 4 de alerta y no las recomienda en estadios inferiores
Las casas de apuestas, bingos, casinos y el resto de locales de juego tienen desde el próximo 13 de mayo el mismo horario que las salas de fiesta y las discotecas, las 02:00. Así figura en la orden que actualiza las restricciones vigentes en Andalucía desde que decayó el estado de alarma, la pasada medianoche y que se publicó en el BOJA a última hora del viernes.
En estos locales se permitirá a seis personas por mesa en interiores y ocho al aire libre, aunque los servicios de restauración de aquellas casas de apuestas que lo
Los bares de las casas de apuestas deben dejar de servir a las 00:00, igual que el resto
tengan tendrán que cerrar a las 00:00, como en el sector de la hostelería en general. Respecto a la ocupación de seis personas por mesa, deberá hacerse cumpliendo las medidas de aforo, que la Orden del BOJA fija en los niveles de alerta sanitaria 1 y 2 la ocupación del establecimiento no podrá superar el 75% del aforo autorizado, que nivel 3 no podrá superar el 50% y que en nivel 4 la ocupación del establecimiento no podrá superar el 40%. En hipódromos y canódromos, pese a ser lugares donde se apuesta, las normas se rigen por las mismas que hay en plazas de toros.
Todavía no hay ningún municipio en nivel 1, pues la mayoría están en nivel 2 y 3. Tener la tasa de contagio de cero casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días no significa estar en nivel 1 de alerta, ya que se determina en función de varios factores, como el número de contagios, pero otros como la ocupación hospitalaria de los distritos sanitarios, el cual no es público. No obstante, el semáforo del Ministerio de Sanidad en el que se inspira el andaluz establece que el nivel 1 está asociado a una tasa de incidencia menor a los 50 casos por 100.000 habitantes.
La orden también establece la prohibición de fiestas, verbenas y romerías, así como otras actividades festivas populares o tradicionales en aquellos municipios que registren niveles de alerta sanitaria 3 y 4, mientras que no las recomienda en aquellos que se encuentren en el nivel de alerta 1 y 2 y mientras continúe la situación epidemiológica actual. Por contra, los espectáculos taurinos y festejos taurinos populares podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con localidades preasignadas y numeradas, y se garantizará en todo momento que las personas que asistan al espectáculo permanecerán sentadas y provistas de su correspondiente mascarilla de protección.
La orden también permite la actividad cinegética en los cuatro niveles de alerta “siempre que se respete la distancia de seguridad interpersonal y se haga uso de la mascarilla, salvo que la naturaleza de la actividad no haga compatible su uso”. Cuando se implique a más de un cazador, la persona responsable deberá disponer de un plan de actuación con las medidas de prevención e higiene, que deben conocer con carácter previo todas las personas participantes y deberá ser presentado, en su caso, junto con la correspondiente solicitud de autorización de cacería.
El segundo estado de alarma asociado a la pandemia de Covid-19 finalizó la pasada medianoche después de una larguísima prórroga de seis meses. La caducidad de la excepción constitucional llega en pleno debate sobre la idoneidad de acabar con una norma pensada para dar abrigo legal a las medidas tomadas por los gobiernos autonómicos en su intento por controlar la segunda, la tercera y la cuarta ola de una epidemia que estalló en España en marzo de 2020.
La decisión del Gobierno de Pedro Sánchez, el pasado 25 de octubre, de volver a activar el estado de alarma llegó precisamente ante la certeza de que las normas autonómicas carecían de la potestad de limitar derechos fundamentales, como el de reunión o el de movimiento. Sin un marco jurídico adecuado, era imposible la declaración de un toque de queda como el que ha estado vigente en todo el país salvo en ciertos días de la Navidad, pero también la prohibición de reunirse en viviendas.
Muchas regiones ya se encontraron durante el verano pasado con resoluciones de los Tribunales Superiores de Justicia anulando las medidas que habían adoptado. El más sonado fue el caso del País Vasco, cuyo gobierno es uno de los que más han presionado para que se prorrogase el estado de alarma. El Ejecutivo ha hecho oídos sordos y para evitar que se produzcan discrepancias entre las decisiones de los altos tribunales autonómicos, ha optado por crear un recurso de casación “express” ante el Tribunal Supremo con el fin de que éste unifique la doctrina. La Sala Tercera del alto tribunal tendrá 5 días de plazo para resolver, de tal forma que las medidas que puedan afectar a los derechos fundamentales sean las mismas en todas las regiones.
Pero antes incluso de que comiencen a llegar al Supremo los recursos por las decisiones de los TSJ, éste ha emitido ya una nota de urgencia en la que apunta a una “posible insuficiencia” o “inadecuación” en el rango de la norma empleada para regular cuestiones que afectan a los derechos fundamentales. Además, el Supremo desliza una crítica al Ejecutivo por tratar de hacer copartícipes ejecutivos a los tribunales de justicia en la adopción de medidas administrativas. El TS también advierte de que la pretendida unificación de doctrina del Gobierno puede que no ocurra, porque, entre otras cosas, avisa de que puede que los recursos se inadmitan por entender que no tiene interés casacional, por ejemplo, por ser una cuestión casuística.
La advertencia del alto tribunal llegó justo después de que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares avalara el jueves el plan elaborado por el gobierno regional, que opera desde la medianoche de mayo y que sí afecta a los derechos fundamentales. El Ejecutivo insular ha mantenido la prohibición de los desplazamientos de circulación por vías públicas entre las 23:00 y las 06:00 y además, establecer controles para la entrada a la comunidad con pruebas que deben sufragar los pasajeros si no se desplazan por motivos justificados. Son medidas que, de facto, son un toque de queda y un cierre perimetral.
Por contra, el viernes el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dictaminó que no pueden mantenerse en Euskadi los confinamientos autonómico o municipales, el toque de queda nocturno ni el límite de agrupaciones de cuatro personas, después del fin del estado de alarma al considerar que afecta a derechos fundamentales garantizados en la Constitución. Es justo lo que pedía el Gobierno vasco, que, no obstante, acatará el fallo y no utilizará la potestad otorgada por el Ejecutivo estatal.
En la Comunidad Valenciana el Tribunal Superior de Justicia sí autorizó las limitaciones a la movilidad nocturna, a las reuniones sociales y/o familiares y al aforo en los lugares de culto acordadas por la Generalitat Valenciana este jueves ante el fin del Estado de Alarma. No obstante, la mayoría de regiones ha optado por poner fin al toque de queda y al cierre perimetral al acabar el estado de alarma, salvo Canarias, Navarra y las dos citadas.
En la pasada medianoche se abrió una nueva fase de la lucha contra la pandemia, que deja la gestión de las medidas en manos de las comunidades después de nueve meses y 21 días en toda España, 10 meses y 6 días en la Comunidad de Madrid. Los datos de los últimos días, y también los que se conocieron ayer alientan el optimismo en España, ya que casi todas las comunidades experimentaron un ligero alivio en sus cifras de contagios, hospitalizados, enfermos en UCI y de muertes. Pese a esa tendencia a la baja en los datos de casi todas las autonomías, la nueva etapa de la pandemia es una incógnita hasta conocer cómo reaccionan los ciudadanos y comprobar cómo impacta en la evolución de la incidencia el alivio de muchas de las restricciones vigentes.
La mayor diferencia entre unos y otros territorios está en los horarios de la hostelería. En Aragón, por ejemplo, los horarios de cierre en actividades no esenciales se mantienen como hasta ahora: para lugares con nivel de alerta 3 hasta las 22:00 y para las zonas en alerta 3 agravada hasta las 20:00. En Castilla- La Mancha y Asturias la hostelería cierra a la 1:00 desde hoy, hora que en Baleares y Cantabria –donde los interiores siguen clausurados– baja hasta las 22:30. En Castilla y León, los hosteleros bajarán la persiana a las 00:00 –como en Extremadura, Murcia, Madrid y La Rioja–, pero el interior de los bares se cierra si la incidencia supera los 150 casos. En Cataluña el cierre es a las 23:00, mientras que en Euskadi se ha aumentado hasta las 20:00. En Galicia han diferenciado los horarios de clausura entre los bares (23:00) y los restaurantes (01:00). En Navarra los bares cierran a las 22:00 y en la Comunidad Valenciana a las 22:30, mientras que en Canaria hay cierres a las 23:00 donde la situación de la pandemia es peor y a las 00:00 donde es mejor.
El Ministerio de Sanidad actualizará el mañana las cifras del proceso de vacunación, y entonces se conocerá que el país ha superado la cifra de 20 millones de dosis administradas y que más de seis millones de personas han recibido en España la pauta completa contra el SARSCoV-2, el virus responsable de la covid-19.
Avanza la vacunación, mejoran las cifras y se van cerrando también algunas de las polémicas de los últimos días, entre ellas por el lento ritmo de vacunación de los agentes de la Policía Nacional y Guardia Civil en Cataluña, que motivó la orden del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para que se inmunizara a los miembros de estos cuerpos con la misma proporción que a los Mossos d’Esquadra.