Las víctimas de violencia sexual con pocos recursos tendrán una ayuda de 2.880 euros
● La recibirán quienes ingresen menos del salario mínimo, tendrán hasta cinco años para pedirla y cada ejercicio llegará a 3.000 mujeres
MADRID. El Ministerio de Igualdad trabaja para cumplir pronto con uno de los mandatos de la ley del ‘solo sí es sí’. Cuenta ya con un primer borrador del real decreto que establecerá el procedimiento y las condiciones para que todas las mujeres víctimas de violencia sexual con escasos recursos reciban una ayuda económica que refuerce su autonomía personal y afiance la reparación del daño. Las condiciones del documento, que aún está en fase de alegaciones, podrían sufrir cambios antes de que lo apruebe el Consejo de Ministros. La previsión es que cada año reciban este apoyo unas 3.000 españolas y que el Gobierno dedique unos nueve millones para hacerlo posible.
A día de hoy, la beneficiaria tipo de este subsidio será cualquier víctima de acoso o agresión sexual, de trata, de matrimonio forzado o de mutilación genital que tenga una renta mensual en el último año no superior al salario mínimo (SMI), que hoy está en 1.080 euros brutos. En esta renta máxima se computarán todo tipo de ingresos o beneficios salvo las ayudas por hijo a cargo o las becas. Pero también podrán recibirla las mujeres que dependan de allegados y su unidad familiar no ingrese más de dos veces el SMI. Una disposición muy pensada para las menores.
Derecho a una prórroga
En el caso básico, la víctima tendrá derecho a recibir el equivalente a seis meses de subsidio de desempleo (480 euros mes), lo que supone 2.880 euros. Pero el decreto incluye otros dos tipos de supuestos (que algún miembro de la unidad familiar padezca una discapacidad o que la víctima tenga familiares a cargo), lo que puede ampliar la ayuda hasta un máximo de 11.520 euros.
Las subvenciones las podrá cobrar, a su elección, por mensualidades o todo de una vez. De igual manera, si pasados seis meses desde la concesión sigue en la misma situación económica y familiar, la ayuda podrá prorrogarse una sola vez por igual cuantía.
La víctima tendrá derecho a recibir esta ayuda tantas veces como se acredite un nuevo ataque y cumpla las condiciones económicas y familiares, sin limitaciones ni de tiempo transcurrido entre delitos ni de hechos.
Los plazos para su solicitud son amplios. Las adultas dispondrán de un máximo de cinco años para pedir la ayuda desde que fue acreditada oficialmente como víctima de este tipo de violencia. En el caso de los menores, el período de solicitud no caducará hasta que tenga 23 años.
La segunda condición objetiva que se le pone a la beneficiaria es que esté acreditada oficialmente como víctima. Eso ocurrirá cuando haya una sentencia, auto judicial o escrito del fiscal que así lo determine o cuando sin denuncia lo certifique una entidad autorizada. Este papel lo pueden jugar los servicios sociales, los centros y servicios de acogida y los inspectores de trabajo. En el caso de menores, también servirán los documentos sanitarios que reciban los jueces.
La única incompatibilidad expresa es que si son al tiempo víctimas de violencia sexual y de género deberán optar por recibir una ayuda económica o la otra.