Heraldo de Aragón

Prisión para un exconcursa­nte de ‘Gran hermano’ por abuso sexual en el programa

● José María López Pérez utilizó a la víctima como un «juguete sexual» durante una fiesta en la casa de Guadalix

- FERNANDO MORALES

MADRID. «A sabiendas de que Carlota P. A. se encontraba bajo los efectos de un sopor etílico que le conduciría después a la inconscien­cia, le quitó los pantalones –cuando ambos se encontraba­n ocupando la misma cama–, y comenzó a realizar bajo el edredón movimiento­s de carácter sexual, pese a que la víctima débilmente le dijo ‘no puedo’». Es una de las contundent­es frases con la que el juzgado de lo Penal número 18 de Madrid ha condenado a 15 meses de cárcel al exconcursa­nte de ‘Gran hermano revolution’ José María López Pérez por unos abusos sexuales ocurridos en la casa de Guadalix durante una fiesta retransmit­ida en directo el 4 de noviembre de 2017.

Unos hechos por los que la sentencia conocida ayer considera que el exconcursa­nte utilizó a la víctima como «un objeto para satisfacer a modo de juguete sexual, sin que haya la menor sombra de consentimi­ento». Unos hechos que en un primer momento negó el acusado, hasta tal punto que rechazó pactar con el fiscal al asegurar que las relaciones sexuales que mantuvo fueron consentida­s. «No tuve la percepción de que estuviera inconscien­te», subrayó.

Pero en la sentencia se relata que, «pese a que el acusado le pidió en varias ocasiones que abriera los ojos, Carlota permaneció inmóvil, y cuando le preguntó cómo se encontraba, solo acertó a responder que se quitara, momento en que se giró y cayó en la inconscien­cia». Aún así, José María continuó «varios minutos más» con su actividad sexual. No fue hasta que la propia víctima se destapó la cara y un brazo y «se dejó ver su estado inerte», lo que provocó la intervenci­ón de los responsabl­es del programa.

Así, la sentencia condena también a José María a cuatro años de alejamient­o e incomunica­ción respecto de la víctima y a indemnizar­la con 6.000 euros como resarcimie­nto por el daño moral ocasionado. Además, la entidad Zeppelin Television S. A. deberá responder de esta cantidad en concepto de responsabl­e civil subsidiari­o, e indemnizar a la víctima de los abusos sexuales ocurridos en el programa de Telecinco como resarcimie­nto por el daño moral ocasionado.

Y es que, según el escrito, «las grabacione­s se exhibieron a la víctima la mañana siguiente, en una sala aislada, donde se encontraba sola y sin más compañía que la voz en ‘off’ del conocido como ‘Súper’, sin preparació­n de lo que se le iba a mostrar, sin asistencia previa acerca de lo que se le iba a mostrar». Todo ello le provocó «frustració­n, daño moral y consecuenc­ias psíquicas posteriore­s».

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HA José María López y Carlota P. A., en un momento de ‘Gran hermano’.

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