Prisión para un exconcursante de ‘Gran hermano’ por abuso sexual en el programa
● José María López Pérez utilizó a la víctima como un «juguete sexual» durante una fiesta en la casa de Guadalix
MADRID. «A sabiendas de que Carlota P. A. se encontraba bajo los efectos de un sopor etílico que le conduciría después a la inconsciencia, le quitó los pantalones –cuando ambos se encontraban ocupando la misma cama–, y comenzó a realizar bajo el edredón movimientos de carácter sexual, pese a que la víctima débilmente le dijo ‘no puedo’». Es una de las contundentes frases con la que el juzgado de lo Penal número 18 de Madrid ha condenado a 15 meses de cárcel al exconcursante de ‘Gran hermano revolution’ José María López Pérez por unos abusos sexuales ocurridos en la casa de Guadalix durante una fiesta retransmitida en directo el 4 de noviembre de 2017.
Unos hechos por los que la sentencia conocida ayer considera que el exconcursante utilizó a la víctima como «un objeto para satisfacer a modo de juguete sexual, sin que haya la menor sombra de consentimiento». Unos hechos que en un primer momento negó el acusado, hasta tal punto que rechazó pactar con el fiscal al asegurar que las relaciones sexuales que mantuvo fueron consentidas. «No tuve la percepción de que estuviera inconsciente», subrayó.
Pero en la sentencia se relata que, «pese a que el acusado le pidió en varias ocasiones que abriera los ojos, Carlota permaneció inmóvil, y cuando le preguntó cómo se encontraba, solo acertó a responder que se quitara, momento en que se giró y cayó en la inconsciencia». Aún así, José María continuó «varios minutos más» con su actividad sexual. No fue hasta que la propia víctima se destapó la cara y un brazo y «se dejó ver su estado inerte», lo que provocó la intervención de los responsables del programa.
Así, la sentencia condena también a José María a cuatro años de alejamiento e incomunicación respecto de la víctima y a indemnizarla con 6.000 euros como resarcimiento por el daño moral ocasionado. Además, la entidad Zeppelin Television S. A. deberá responder de esta cantidad en concepto de responsable civil subsidiario, e indemnizar a la víctima de los abusos sexuales ocurridos en el programa de Telecinco como resarcimiento por el daño moral ocasionado.
Y es que, según el escrito, «las grabaciones se exhibieron a la víctima la mañana siguiente, en una sala aislada, donde se encontraba sola y sin más compañía que la voz en ‘off’ del conocido como ‘Súper’, sin preparación de lo que se le iba a mostrar, sin asistencia previa acerca de lo que se le iba a mostrar». Todo ello le provocó «frustración, daño moral y consecuencias psíquicas posteriores».