El Congreso da luz verde a la nueva ley del mecenazgo
Deberá pasar reválida en el Senado para entrar en vigor e incorpora la prestación de servicios como nuevo mecanismo de colaboración
La comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso aprobó ayer con competencia legislativa plena el informe elaborado por la ponencia sobre la proposición de Ley de modificación de la Ley de mecenazgo, con el respaldo de todas las formaciones salvo Vox, que se abstuvo.
De esta manera, el nuevo texto –que deberá pasar otra reválida en el Senado antes de su entrada en vigor– incorpora la prestación de servicios como nuevo mecanismo de colaboración con las oenegés, además de permitir una contraprestación de un máximo de 25.000 euros e incrementa los porcentajes de deducción. Esta norma modificará la que está en vigor desde hace 21 años.
El informe incluye una enmienda socialista, a la que se opuso Podemos, para equiparar fiscalmente a las confesiones de notorio arraigo en España con las que tienen acuerdos con el Gobierno, por lo que quedarán también exentas del pago del IBI en los edificios destinados al culto y del impuesto de Sociedades.
Sergi Miquel, diputado de la formación PDECat que impulsó esta iniciativa, calificó de «muy buen acuerdo» el alcanzado con el Gobierno para una ley que «no cubre todos los campos que se quería, pero hace sentirse plenamente satisfecho».
Esta ley incorpora la prestación de servicios como nuevo mecanismo de colaboración; hasta ahora solo se podía ser mecenas si había una transferencia económica. Otra novedad de la ley es que permitirá la contraprestación simbólica de bienes o servicios, siempre que no representen el 15% del valor de la donación y con un tope máximo de 25.000 euros.
Impulso al micromecenazgo
Además de las novedades descritas, con este nuevo texto se estimula el micromecenazgo, una figura relativamente reciente, y se incrementan los porcentajes de deducción. En lo que se refiere a las personas físicas, se eleva en 100 euros, pasando de 150 a 250 euros, la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación en el IRPF.
En el caso de las personas jurídicas, las deducciones en el Impuesto de Sociedades pasan del 35 al 40%. Y en ambos casos, se rebaja de cuatro a tres años el tiempo de fidelización necesario para beneficiarse de un porcentaje de deducción mayor.
Por otro lado, se amplían las modalidades de explotaciones económicas exentas, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro, en las siguientes actividades: investigación desarrollo e innovación (I+D+I), servicios de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social y las de educación vinculadas a estudiantes de altas capacidades.