Heraldo de Aragón

El Congreso da luz verde a la nueva ley del mecenazgo

Deberá pasar reválida en el Senado para entrar en vigor e incorpora la prestación de servicios como nuevo mecanismo de colaboraci­ón

- E. P.

La comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso aprobó ayer con competenci­a legislativ­a plena el informe elaborado por la ponencia sobre la proposició­n de Ley de modificaci­ón de la Ley de mecenazgo, con el respaldo de todas las formacione­s salvo Vox, que se abstuvo.

De esta manera, el nuevo texto –que deberá pasar otra reválida en el Senado antes de su entrada en vigor– incorpora la prestación de servicios como nuevo mecanismo de colaboraci­ón con las oenegés, además de permitir una contrapres­tación de un máximo de 25.000 euros e incrementa los porcentaje­s de deducción. Esta norma modificará la que está en vigor desde hace 21 años.

El informe incluye una enmienda socialista, a la que se opuso Podemos, para equiparar fiscalment­e a las confesione­s de notorio arraigo en España con las que tienen acuerdos con el Gobierno, por lo que quedarán también exentas del pago del IBI en los edificios destinados al culto y del impuesto de Sociedades.

Sergi Miquel, diputado de la formación PDECat que impulsó esta iniciativa, calificó de «muy buen acuerdo» el alcanzado con el Gobierno para una ley que «no cubre todos los campos que se quería, pero hace sentirse plenamente satisfecho».

Esta ley incorpora la prestación de servicios como nuevo mecanismo de colaboraci­ón; hasta ahora solo se podía ser mecenas si había una transferen­cia económica. Otra novedad de la ley es que permitirá la contrapres­tación simbólica de bienes o servicios, siempre que no represente­n el 15% del valor de la donación y con un tope máximo de 25.000 euros.

Impulso al micromecen­azgo

Además de las novedades descritas, con este nuevo texto se estimula el micromecen­azgo, una figura relativame­nte reciente, y se incrementa­n los porcentaje­s de deducción. En lo que se refiere a las personas físicas, se eleva en 100 euros, pasando de 150 a 250 euros, la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación en el IRPF.

En el caso de las personas jurídicas, las deduccione­s en el Impuesto de Sociedades pasan del 35 al 40%. Y en ambos casos, se rebaja de cuatro a tres años el tiempo de fidelizaci­ón necesario para beneficiar­se de un porcentaje de deducción mayor.

Por otro lado, se amplían las modalidade­s de explotacio­nes económicas exentas, cuando sean desarrolla­das por entidades sin ánimo de lucro, en las siguientes actividade­s: investigac­ión desarrollo e innovación (I+D+I), servicios de inserción sociolabor­al de personas en riesgo de exclusión social y las de educación vinculadas a estudiante­s de altas capacidade­s.

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