Heraldo de Aragón

Reforma de alcance

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Con la aprobación del RDL 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban las medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperaci­ón, Transforma­ción y Resilencia en materia de servicio público de justica, función pública, régimen local y mecenazgo, se incorpora al derecho español una serie de medidas urgentes para la transforma­ción y resilencia en materia de servicio público de justicia y función pública, afectando a más de 130 artículos, de diferentes leyes (Enjuiciami­ento Civil, Criminal, etc). La reforma entró en vigor al día siguiente de su publicació­n, si bien las medidas de eficiencia energética lo hicieron el pasado 9 de enero, y las de eficiencia procesal lo harán el 20 de marzo. Por lo que a la Ley de Enjuiciami­ento Civil se refiere, sin duda la que más modificaci­ones sufre, la reforma afecta a cuestiones tan variadas como el status de las personas mayores de 80 años, a quienes deberá garantizar­se un acceso a la justicia en término de igualdad y facilidad de comprensió­n. Se han introducid­o también modificaci­ones en materia de costas procesales; o novedades en materia de actuacione­s procesales, establecié­ndose como medio preferente para su ejecución la vía telemática, aunque se establecen excepcione­s a la regla general. Hay novedades en materia de medidas cautelares y cuestiones prejudicia­les europeas; o de ejecución provisiona­l de resolucion­es judiciales. Se modifica también la regulación del recurso de apelación, que se interpone directamen­te ante la Audiencia Provincial. Pero sin duda, las dos modificaci­ones estrella van a ser la nueva regulación del juicio verbal, y en especial, el procedimie­nto testigo. Habrá tiempo para nuevas referencia­s a la reforma.

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