Heraldo de Aragón

La pausa para desayunar y llegar 15 minutos tarde es tiempo de trabajo

- LUCÍA PALACIOS

MADRID. Un trabajador puede llegar a su empresa con 15 minutos de retraso y tomarse veinte minutos para desayunar sin necesidad de tener que salir más tarde. Siempre y cuando este tiempo en el que no está realmente trabajando no exceda los 35 minutos en total, está en su derecho de poder salir a la hora que dice su contrato y no se le puede exigir, por tanto, que amplíe su jornada laboral. Así lo estima el Tribunal Supremo, que ayer hizo pública una sentencia en la que confirma que el tiempo del desayuno y el de marcaje de llegada (un margen de cortesía de hasta 15 minutos tras la hora de inicio de la jornada) deben considerar­se como tiempo trabajado; es decir, el empleado tiene 35 minutos extra cada día.

El Alto Tribunal se pronuncia así tras estimar los recursos interpuest­os por tres sindicatos (CC. OO., UGT y SECB) frente a una sentencia de la Audiencia Nacional referente a la plantilla de Caixabank con horario rígido. El fallo, que sienta jurisprude­ncia, señala que debe considerar­se tiempo de trabajo efectivo el de ‘marcaje’ efectuado en los 15 minutos posteriore­s a la hora pactada de inicio de la jornada, para quienes tengan control rígido de horario y no sean empleados con categoría de jefe o asimilado.

Asimismo, la sentencia desestima el recurso empresaria­l y mantiene el derecho a que el tiempo de desayuno sea contabiliz­ado como tiempo de trabajo efectivo, también porque así se desprende de los acuerdos previos alcanzados antes de la implantaci­ón del nuevo sistema de registro de jornada, según señala en un comunicado.

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