La DGA anula las elecciones al comité aragonés de agricultura ecológica y ordena crear una gestora
ZARAGOZA. La consejería de Medio Ambiente ha declarado la nulidad de los resultados de las elecciones al Comité Aragonés de Agricultura Ecológica (CAAE) celebradas el pasado 4 de octubre y que dieron la victoria a la candidatura ‘Diversidad de producciones en igualdad de condiciones: por la certificación pública’. Ordena, además, la constitución «inmediata» de una comisión gestora que asuma de forma temporal las funciones de la junta rectora y que convoque unas nuevas elecciones.
La decisión está recogida en una orden del Departamento que dirige Manuel Blasco (PP), pendiente de publicación en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) a la que ha tenido acceso este diario y en la que se resuelve un recurso de alzada interpuesto por Jesús Arbués Radigales, representante de la sociedad cooperativa Altas Cinco Villas y que resultó vocal electo por la candidatura ‘Aragón Ecológico Unido’, después de que la Junta Electoral del CAAE acordase en octubre de 2023 inadmitir un recurso contra la proclamación de los vocales electos.
«Alteración de censos» Aunque es la consejería de Agricultura, Ganadería y Alimentación la competente para dicho trámite, su titular, Ángel Samper (Vox), decidió delegar en Medio Ambiente alegando, como recoge la orden, «la posible concurrencia de una causa de abstención». No explica el texto las razones, pero remite al artículo 58.1 de la ley aragonesa 5/2017 que establece que «las autoridades y cargos del sector público autonómico vienen obligados a abstenerse del conocimiento de los asuntos en lo que pudieran incurrir en conflicto de intereses y, en todo caso, en aquellos asuntos en cuyo despacho hubieran intervenido o que interesen a empresas o sociedades en cuya dirección, asesoramiento o administración hubieserá ran tenido alguna parte ellos, su cónyuge o persona con quien convivan en análoga relación de afectividad, o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad, y en los dos años anteriores toma de posesión como cargo público».
La orden firmada por el consejero Manuel Blasco basa su decisión en «la alteración de censos, la cuestión de la delegación de voto y la tramitación del voto por correo». Considera acreditada la eliminación del censo electoral de 37 operadores que quedaron excluidos por decisión del órgano electoral, pese a que figuraban inscritos en el registro correspondiente en ese momento y en el anterior a la convocatoria.