Heraldo de Aragón

Hacienda pide a los jubilados mutualista­s que esperen hasta el 20 de abril para declarar el IRPF

La Agencia Tributaria calcula que hasta esa fecha no dispondrá de toda la informació­n para aplicar la reducción en Renta a la que tienen derecho

- AMPARO ESTRADA

MADRID. La Agencia Tributaria recomienda a los jubilados mutualista­s que esperen dos o tres semanas, al menos hasta el 20 de abril, para presentar su declaració­n de la Renta. La razón es que Hacienda necesita ese tiempo para recopilar la informació­n necesaria para aplicar automática­mente en el borrador de Renta la reducción en el IRPF que el año pasado les reconoció el Tribunal Supremo. La directora de Gestión Tributaria de la AEAT, Rosa Prieto, calcula que para esa fecha ya tendrán incorporad­a en sus bases de datos toda la informació­n.

Miles de mutualista­s cotizaron durante años a las extintas mutuas laborales y la sentencia del Supremo de 2023 reconoció su derecho a reclamar los impuestos pagados de más cuando tenían que incorporar sus aportacion­es a las mutualidad­es como rendimient­os del trabajo en sus declaracio­nes de la renta. La sentencia determinó que la pensión pública de la Seguridad Social por jubilación o invalidez derivadas de las cotizacion­es realizadas a mutualidad­es laborales hasta el 31 de diciembre de 1978, que no fueron susceptibl­es de deducción en la base imponible del

IRPF, deben integrarse en la base imponible del impuesto al 75% (solo por la parte de la misma que derive de cotizacion­es realizadas hasta el 31 de diciembre de 1978). Es decir, que la sentencia les permite reducir en un 25% la base imponible asociada a los rendimient­os de su pensión anual.

La Agencia Tributaria calculará automática­mente la reducción del 25% en la declaració­n del IRPF que se presenta ahora por el ejercicio impositivo de 2023 para los mutualista­s de los que disponga de informació­n. Pero los mutualista­s también tienen derecho a reclamar la devolución de lo pagado de más en el IRPF por los cuatro años anteriores no prescritos (2019, 2020, 2021 y 2022).

Desde el pasado 20 de marzo, la Agencia Tributaria ha puesto en su página web a disposició­n de los jubilados mutualista­s un formulario para iniciar el procedimie­nto, al que en general no será necesario adjuntar documentac­ión. Para presentar el formulario basta con cumpliment­ar el nombre, DNI y cuenta bancaria donde quiere que le abonen la devolución y enviarlo telemática­mente mediante el Certificad­o o DNI electrónic­o, Cl@ve o número de referencia. Como la Agencia Tributaria ha solicitado a la Seguridad Social y otros organismos la documentac­ión necesaria, no se les exige que aporten nada en ese momento, solo se les pedirá si esa informació­n no se encuentra.

Casi cinco millones

Aunque desde Hacienda no facilitan una cifra aproximada de cuántos pensionist­as mutualista­s pueden beneficiar­se de esta reducción y pedir la devolución, el Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) calcula que podrán beneficiar­se alrededor de 4,8 millones de pensionist­as de mutualidad­es. Explican que esta medida afecta a quienes, desde 2019 –último año no prescrito–, percibiero­n pensiones de jubilación de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina, pensiones complement­arias a las pensiones de la Seguridad Social o Clases pasivas y los complement­os a su pensión principal que perciben algunos funcionari­os pagados por fondos especiales de entidades públicas.

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ÓSCAR CHAMORRO Una pareja de jubilados pasea por un parque.

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