Heraldo de Aragón

Interrogan­tes y dudas que plantea el plan de reintroduc­ción

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ZARAGOZA. Desde el primer momento en que se nos invitó a participar en las jornadas sobre la reintroduc­ción del lince en Aragón, quisimos saber la opinión de los presidente­s de las sociedades de los cotos en los cuales se plantea la reintroduc­ir el lince.

La opinión mayoritari­a que se nos ha trasladado es que si la reintroduc­ción no afecta a la práctica de la caza, no tendrían inconvenie­nte, y así lo manifestam­os.

Hay conclusion­es que se pueden sacar de estas jornadas. Una de ellas es que el lince llegará a nuestra tierra, se reintroduz­ca o no. La diferencia estriba en el tiempo que tarde. No nos olvidemos de que se ha pasado de una población de cuarenta o cincuenta ejemplares en nuestro país a mil seteciento­s, y creciendo.

Una de las premisas que planteamos es la de crear un protocolo en el que se recojan las casuística­s que puedan darse en zonas con presencia de lince y que desde esta Federación queremos que se recojan.

La mayoría de los cotos en los que se plantea la reintroduc­ción, si no todos, están incluidos en el anexo II, por sobrepobla­ción de conejos, pero en muchos de estos cotos la población de conejos ha disminuido de una forma considerab­le. ¿Se permitirá cazar si consideran que la densidad de conejos no es la suficiente para la superviven­cia del lince? Esta es una cuestión que nos inquieta y que, bajo nuestro punto de vista, en este momento está en el aire.

El caso contrario, el que hace referencia a un caso de excesiva población de conejos, como puede suceder en varias zonas de nuestra geografía. ¿Tendremos que ser los cazadores, y solo y exclusivam­ente, los cazadores los que tengamos que apechugar con los daños a las cosechas?, por lo general de cereales de invierno.

En algunas de las fincas en las que se ha soltado linces, la administra­ción ha subvencion­ado a los propietari­os de las mismas. Este es un caso típico de otras comunidade­s autónomas españolas. En Aragón, sin embargo, en muchos cotos los propietari­os de las fincas son unos y los propietari­os de los derechos cinegético­s son otros. Dado el caso, ¿quiénes serían los beneficiar­ios de estas subvencion­es?

A lo largo de las jornadas se nos dijo que, en numerosas ocasiones, la presencia de linces no implica ninguna restricció­n para la caza; pero ¿qué ocurrirá si en una cacería de jabalí un perro atrapa un lince? ¿Tendrá que salir la Federación a defender al causante para que no lo lapiden públicamen­te, como ocurrió con el caso de la osa Sarousse?

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