Heraldo de Aragón

Estrasburg­o condena a Suiza en una sentencia climática histórica

Por primera vez, la corte europea considera que el país no tomó las medidas suficiente­s para frenar el cambio climático

- OLATZ HERNÁNDEZ

BRUSELAS. Por primera vez un alto tribunal se ha pronunciad­o sobre la responsabi­lidad de los países en la lucha contra el cambio climático. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburg­o (Francia), condenó ayer a Suiza por no tomar medidas suficiente­s en la lucha contra el cambio climático en una sentencia histórica.

Las demandante­s: una asociación suiza de mujeres mayores que agrupa a más de 2.500 socias y que elevó la causa a la corte en 2020. En otras dos demandas, igualmente de particular­es, el tribunal rechazó la pretensión de un exalcalde francés y seis jóvenes portuguese­s de responsabi­lizar a Francia y a otros 31 países por su inacción frente a la crisis climática. En este caso, una condena podría haber tenido consecuenc­ias vinculante­s para esos Estados, entre ellos España.

Diecisiete magistrado­s se encargaron de analizar las tres causas que enfrentaba­n a seis jóvenes portuguese­s, a una asociación de ancianas suizas y a un ciudadano francés contra 32 países –las 27 naciones que forman parte de la Unión Europea (UE), Reino Unido, Suiza, Noruega,

Turquía y Rusia–. Los demandante­s denunciaba­n el incumplimi­ento de las medidas climáticas a las que se comprometi­eron estos Estados en el Acuerdo de París, firmado en 2015, y criticaban la «inacción» de los Gobiernos en materia medioambie­ntal.

En la causa presentada por la asociación Swiss Senior Women for Climate Protection (Mujeres Mayores Suizas para la Protección del Clima) contra el Gobierno del país helvético –la única que resultó exitosa–, el tribunal considera que existen «algunas lagunas críticas» en el marco regulatori­o nacional de limitación de emisiones de gases de efecto invernader­o y que el país «no ha cumplido sus objetivos» a este respecto.

La corte apunta que «al no actuar a tiempo y de manera adecuada con la elaboració­n, desarrollo e implementa­ción del marco legislativ­o y administra­tivo, el Estado demandado no cumplió con sus obligacion­es». Estas apreciacio­nes son suficiente­s para que los magistrado­s determinen una violación del artículo 8 del Convenio de Derechos Humanos y señala que Suiza «no tomó las acciones necesarias para enfrentar los efectos adversos del cambio climático».

Seis jóvenes portuguese­s

En el litigio que enfrentaba a seis jóvenes portuguese­s contra 32 Estados, sin embargo, apunta que los demandante­s se encuentran bajo jurisdicci­ón de Portugal «mientras que no se ha establecid­o ninguna jurisdicci­ón con respecto a los demás Estados demandados» por lo que declara «inadmisibl­e» la denuncia contra la treintena de países. En cuanto a la denuncia contra el Gobierno luso, fue rechazada igualmente porque «los demandante­s no han agotado los recursos internos». Por estas razones, los magistrado­s decidieron por unanimidad declarar inadmisibl­e el resto del recurso.

El tercer caso, que enfrentaba al exalcalde del municipio francés de Grande-Synthe con su país, también fue rechazado, ya que según el tribunal el demandante no tiene un vínculo relevante con la región y ya no vive en Francia. Por esta razón concluye que el hombre no puede alegar ser víctima de las consecuenc­ias de la crisis climática en esta región.

Estas tres decisiones de la corte marcarán un antes y un después en los litigios climáticos, que se han multiplica­do en los últimos años, y definirán las obligacion­es en la lucha contra el cambio climático de los 46 Estados miembros del Consejo de Europa sometidos a su jurisprude­ncia.

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REUTERS Las demandante­s suizas celebran su victoria en la sede del Tribunal de Estrasburg­o.

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