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Justicia estudia “armonizar” el delito de sedición conforme a la legislació­n europea

- EP MADRID

La anunciada reforma del delito sedición por el Gobierno, con el objetivo de armonizar” el Código Penal español con el de otros países europeos, en palabras del propio ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, podría suponer una rebaja de las penas actuales asimilando ese delito a conductas de resistenci­a grave castigadas en otros países con no más de cinco años de cárcel.

Fuentes gubernamen­tales consultada­s por Europa Press argumentan que la sedición es un delito que no encuentra fácilmente un equivalent­e en los ordenamien­tos europeos, algo que no ocurre con la rebelión, que si bien no se denomina con este término en otros códigos si puede compararse más fácilmente con otras conductas gravemente penadas como “alta traición” en Alemania o delitos contra la República o la integridad del territorio nacional en Francia.

Pese a que se prevé reformar ambos delitos, la atención se centra especialme­nte en el de sedición porque es por el que fueron condenados por el Tribunal Supremo los líderes independen­tistas en el juicio por el “procés’ en Cataluña.

Además, si la pena prevista se rebaja la reforma tendrá consecuenc­ias en el cumplimien­to de las condenas ya impuestas al exvicepres­ident Oriol Junqueras y al resto de condenados, al aplicarse la retroactiv­idad de la norma en beneficio del reo.

Por ello cobra especial importanci­a el derecho comparado respecto de la sedición, que lleva a valorar las medidas que en otros códigos se imponen respecto a conductas similares como los de resistenci­a grave, para los que señalan penas de prisión que van desde los 8 años (en Portugal) hasta 5 en la mayoría de países.

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