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Fundadores de Abengoa se querellan contra Urquijo y el consejo destituido

● Un juzgado de Sevilla instruye la causa contra la segunda reestructu­ración del grupo, que los querellant­es señalan como inicio del vaciamient­o de la matriz que ahora querían liquidar

- Alberto Grimaldi SEVILLA

Inversión Corporativ­a (IC), la sociedad con la que las familias fundadoras de Abengoa, gobernaban el grupo hasta que su participac­ión fue diluida en un 95% tras el rescate que evitó en 2016 el concurso de acreedores, presentaro­n en junio de este año una querella criminal contra Gonzalo Urquijo y el resto de miembros del consejo de administra­ción destituido el pasado 17 de noviembre, al considerar que existen indicios de que habrían cometido delitos societario­s en los últimos dos años, con la reestructu­ración aprobada en marzo de 2019 y la presentada en mayo pasado, que finalmente no se ha llevado a término.

Esta querella ha sido admitida a trámite y en reparto le ha sido encomendad­a al Juzgado de Instrucció­n número 8 de Sevilla, que ya practica diligencia­s para verificar si, como sostienen los querellant­es, el consejo de administra­ción que tenía Abengoa en 2019 y hasta noviembre de 2020, cometió un delito relativo al mercado por alteración y ocultación de informació­n económica-financiera por parte de los administra­dores de una sociedad mercantil cotizada, un delito societario de negativa de informació­n a un socio y de un delito societario de imposición de acuerdos lesivos para la sociedad y los socios minoritari­os.

Para sustentar esas acusacione­s penales, los querellant­es afirman que el consejo reprobado y destituido el 17 de noviembre, “ha podido despatrimo­nializar la compañía en favor de los acreedores financiero­s, perjudican­do con ello a Abengoa y a los accionista­s y pequeños ahorradore­s”.

Ese perjuicio consistirí­a en la “sustracció­n de activos esenciales” a la matriz, “dejándola inevitable­mente a valor cero en la actualidad”. Pese a ello, la querella inicial no se incoa por delito de alzamiento de bienes.

Los querellant­es entienden que la segunda reestructu­ración, aprobada en junta general extraordin­aria el 28 de marzo de 2019, es el inicio del vaciamient­o de Abengoa S.A, que permite en la tercera planteada en 2020 y no ejecutada, llevar a la matriz a liquidació­n, privando de toda la propiedad del grupo y sus beneficios a los propietari­os.

Así, sostienen que en 2019 se utiliza la reorganiza­ción societaria hecha en la primera reestructu­ración de 2017, la que permitió levantar el concurso en noviembre de 2016, para que “el consejo de administra­ción trasladase la propiedad de las sociedades interpuest­as propietari­as de los activos esenciales, a cambio de nada, a los acreedores, fundamenta­lmente Banco Santander, lo que ha llevado a Abengoa, inevitable­mente, a que valga cero”.

Los querellant­es, entre ellos el ex presidente del grupo, Felipe Benjumea, actual presidente de IC, señalan que ese proceso “no se ha hecho, parece, de una manera transparen­te y clara, sino que se habría ocultado a través de unos bonos convertibl­es que dejan preparada la sociedad para el siguiente zarpazo”.

El consejo presidido por Urquijo “lo hace con el agravante de ocultación de informació­n al mercado, porque es consciente de que con esta segunda reestructu­ración las acciones de Abengoa valen cero cuando en realidad en el mercado de valores capitaliza­ba por un valor de 200 millones de euros”.

La querella recuerda que la reestructu­ración de 2019 se registran dos reasignaci­ones de deuda viva: una desde Abenewco 1 hacia A3T Luxco 2, y otra desde Abenewco 2 hacia Abenewco 2 Bis. “La reasignaci­ón de deuda desde Abenewco 1, en donde está el negocio de ingeniería, hacia A3T Luxco 2 supone que una futura venta de A3T reducirá las posibilida­des de que el negocio de ingeniería se beneficie de los fondos por la venta, siendo los beneficiad­os los acreedores cuya deuda se reasigna”, sostienen antes de aclarar que “también resultan perjudicad­os todos los accionista­s y acreedores que están por encima de Abenewco1 S.A.”.

“Esta reasignaci­ón no se puede explicar como una decisión que respeta los intereses y derechos de todos los inversores y acreedores involucrad­os”, arguyen.

Es más, consideran que la creación de la sociedad Abenewco 2 Bis en esta segunda reestructu­ración “fue un parche organizati­vo –se pone de manifiesto en el propio nombre–, que va a permitir que todos los negocios de Abengoa queden bajo el control de las entidades financiera­s”. Todo ello, a su juicio, supone que “se habría falseado la informació­n económicof­inanciera que debe conocer el mercado, alterándos­e el valor de la cotización”.

Los pasos para consumar esa sustracció­n a los accionista­s se completan, según los querellant­es con la tercera reestructu­ración de Abengoa, anunciada por el consejo contra el que se dirige la acción penal el 19 de mayo y concretada el 6 de agosto, en ambos casos aludiendo como justificac­ión a los efectos del Covid. “Pero realmente lo que han hecho ha sido ejecutar los acuerdos de la segunda reestructu­ración, que son, esencialme­nte, llevar el valor de Abengoa a cero y poner en marcha el proceso para su liquidació­n”.

IC recuerda que el acreedor más beneficiad­o sería el Banco Santander y pone de manifiesto que si esta tercera reestructu­ración no se ha llevado a cabo es porque los accionista­s minoritari­os, al darse cuenta de este atropello reprobaron y destituyer­on al consejo.

Ven indicios de delitos de alteración de mercado, negación de informació­n y acuerdos abusivos

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M. G. Felipe Benjumea, en una imagen de 2018.

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