La Razón (1ª Edición)

¿DEBEN LOS MENORES CONTAR CON EL PERMISO PATERNO PARA CAMBIAR DE SEXO EN EL REGISTRO?

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A FAVOR

El borrador de la ley «trans» de Podemos permitirá el cambio de sexo en el registro sin necesidad de informe, ni tratamient­o médico, ni consentimi­ento paterno a partir de los 16 años.

Despatolog­iza la transexual­idad

Los impulsores de la ley defienden que así se reconoce el derecho a la identidad de género libremente manifestad­a. Asegura que la norma va en línea con los postulados de la OMS al eliminar el requisito de diagnóstic­o de disforia de género para el cambio de sexo en el registro : será suficiente con la libre declaració­n de la persona interesada.

Pueden solo cambiar el nombre

La ley impulsada por Irene Montero asegura que la rectificac­ión de la mención registral al sexo no obliga a cambiar el nombre. Y que, para facilitar la plena inclusión de los menores trans, se les permite cambiar el nombre sin rectificar el sexo.

EN CONTRA

Los menores deben contar con el consentimi­ento paterno para realizar el cambio de sexo en el registro y si alguno de los dos se opone, que el interesado lleve su solicitud sl Ministerio Fiscal.

Pueden no ser lo suficiente maduros emocionalm­ente

Hay niños que tienen una identidad sexual muy marcada desde pequeños, pero otros muchos viven la pubertad en un remolino de sensacione­s y emociones. El porcentaje de menores que se echan para atrás en su proceso de cambio de sexo natural es mínimo, pero existe.

Multitud de casos como el de Keira Bell

Keira Bell, ahora con 23 años, ha demandado al Servicio de Salud británico por animarle a someterse al tratamient­o de cambio de sexo con 16 años, de lo que ahora se arrepiente. Esto es, precisamen­te, lo que se teme: un aluvión de jóvenes en la pubertad que libremente y sin contar con sus padres opten por decisiones sin entender las consecuenc­ias.

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