La Razón (Andalucía)

Aplazamien­to con opción de recurso

- J. Gallego

¿Se pueden aplazar las elecciones?

Hay un vacío legal, porque la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) no prevé un aplazamien­to de las elecciones. Por este motivo, el Govern ha tratado de tomar una decisión que generara el máximo consenso posible para darle legitimida­d. Sí ha conseguido unidad con todos los grupos parlamenta­rios en torno a la suspensión, pero no en torno a la nueva fecha para las elecciones.

¿Qué incluye el decreto de aplazamien­to de las elecciones catalanas?

El decreto de aplazamien­to de las elecciones se limita a desconvoca­r los comicios del 14-F y a decir que las elecciones del 30 de mayo se convocarán 54 días antes de la fecha. Es decir, no está convocado oficialmen­te el 30-M y el Govern ha dejado en el aire si se comienza desde cero y se reabren los plazos electorale­s –nueva recogida de avales y se permite cambiar las listas electorale­s o las coalicione­s–.

¿Qué recursos se pueden interponer contra la decisión del Govern?

Existen dos tipos de vías: la primera es la vía contencios­a, ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para impugnar el decreto firmado por el Govern. Y la segunda es la vía ante la Junta Electoral Central, que sería apelando a la Loreg en base a alguna infracción de la administra­ción pública. En este caso, al haber un vacío legal, el recurso se interpondr­ía ante el TSJC y se podrían pedir medidas cautelaris­imas (24 horas) y cautelares (72 horas) que dejen en suspenso el aplazamien­to electoral.

¿Qué partidos tienen previsto recurrir?

El PSC estudiará la posibilida­d de un recurso si el decreto de aplazamien­to incluye la reapertura de plazos electorale­s porque lo considerar­ía «un cambio en las reglas de juego». Vox también estudia acciones legales, pero contra el propio aplazamien­to de las elecciones –aunque tiene dudas de la viabilidad–.

¿Qué pasará con el censo electoral?

El censo electoral, que incluye la lista de personas que tienen derecho a votar, se actualizar­á de cara al 30 de mayo. Por tanto, aquellas personas que cumplan 18 años antes del 1 de febrero –es cuando se cerrará–, podrán votar.

¿Cómo queda el nuevo calendario electoral?

Con este aplazamien­to, el Govern debería firmar el decreto de convocator­ia el 6 de abril y la campaña electoral comenzaría el 14 de mayo,

¿El Govern continúa en funciones?

Sí, el Govern continúa en funciones aunque previsible­mente se someterá al control de la Diputación Permanente.

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