Archivan la querella contra los periodistas que destaparon el «caso Cifuentes»
La información de eldiario.es, relevante y amparada por la libertad de expresión
El Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid ha rechazado la querella que interpuso Cristina Cifuentes contra los dos periodistas de eldiario.es Ignacio Escolar –director– y Raquel Pérez Ejerique, quienes destaparon el conocido como «caso Máster», que posteriormente ampliaría contra un profesor de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. La expresidenta de la Comunidad de Madrid imputaba a los dos periodistas un delito de descubrimiento y revelación de secretos, relacionado con la difusión de datos en los artículos que habrían obtenido de forma ilícita y con los que se venía a avalar las irregularidades cometidas para que obtuviese en 2012 el Máster de Derecho Público del Estado Autonómico.
Sin embargo, el auto de sobreseimiento dictado por la magistrada Pilar Martínez Gamo deja claro que los artículos periodísticos en los que se ponía de manifiesto esos hechos están amparados por el derecho a la libertad de expresión y, además, tenían relevancia pública al afectar a quien entonces ostentaba el cargo de presidenta de la Comunidad de
Madrid. Cifuentes esgrimía en su querella que una o varias personas lograron entrar en su expediente académico a través del «Sistema de Gestión de Alumnos» y se «apoderaron» de datos de carácter «personal y reservados» que fueron posteriormente cedidos a los dos periodistas del citado diario digital con la intención de causarle un perjuicio y que fueron los que dieron origen a diversos artículos relacionados con que obtuvo su Máster «de forma irregular por medio de notas falsificadas» en el acta.
La magistrada tumba esos argumentos y destaca otros tres que van en la línea contraria: los artículos en cuestión están amparados por el derecho constitucional a la libertad de expresión, los mismos tenían un claro interés público y, por el contrario, no se ha acreditado ni siquiera de forma mínimamente indiciaria que los periodistas hubiesen obtenido los datos que ponían en cuestión el máster de Cristina Cifuentes de una manera ilícita.
«El ejercicio del derecho a la libertad de expresión ampara en este supuesto la publicación de los datos» en cuestión, «al cumplir todos los requisitos necesarios para superar el canon de constitucionalidad: la información difundida tenía relevancia pública, ya que hacía referencia a la entonces presidenta de la Comunidad de Madrid, los datos publicados sirvieron para justificar la pretendida veracidad de la noticia, sin que se publicaran más datos que aquellos que se entendieron indispensables a tal fin», deja claro la jueza en el auto.