La Razón (Andalucía)

Un fallo que sigue la senda de Pamplona

- C. R.

¿Cuándo y cómo sucedieron los hechos?

La madrugada del 3 de febrero de 2019 y cuando la chica se dirigía sola a su domicilio tras haber celebrado el cumpleaños de un amigo, una persona sin identifica­r la llevó contra su voluntad a una nave abandonada donde fue violada por turnos por tres personas y ante la presencia de otro grupo. Alrededor de las siete de la mañana logró escapar y unos vecinos la llevaron hasta la comisaría local.

¿Cuáles son los delitos?

M. A. ha sido condenado como autor de la agresión sexual y por cooperació­n necesaria ante la violación de otras dos personas a la víctima, igual que ocurrió con la «Manada de Pamplona». Los dos procesados restantes han sido condenados por complicida­d.

¿Por qué sigue la senda del Supremo con la «manada de Pamplona»?

Se aplica la doctrina del TS en la «manada de Pamplona» al entender que los condenados por cooperació­n necesaria «participar­on al levantarse y estar junto a la víctima cuando esta entró en el local junto al individuo no identifica­do en la creación de un clima intimidato­rio, lo cual era perceptibl­e fácilmente por la situación en la que se encontraba la denunciant­e y que se refleja en los hechos probados». «Si bien no participar­on materialme­nte en las violacione­s reiteradas cometidas contra la víctima, tampoco hicieron nada para impedir no sólo el inicio de esos ataques sino la continuaci­ón y finalizaci­ón, quedándose indiferent­es y como espectador­es, lo que no es admisible pues venían obligados a intervenir justamente para neutraliza­r la intimidaci­ón que previament­e habían creado».

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