La Razón (Andalucía)

El Constituci­onal avala la sentencia del «procés»: hubo sedición el 1-O

Dos magistrado­s emiten voto particular

- R. C. -

El Tribunal Constituci­onal ha avalado por primera vez una de las condenas por sedición a los líderes del «procés» en Cataluña. Lo ha hecho con dos votos discrepant­es, rechazando el recurso ante el Supremo del ex conseller Jordi Turull, uno de los primeros condenados en recurrir en amparo al Alto Tribunal.

El Tribunal Constituci­onal (TC) ha avalado por primera vez una de las condenas por sedición a los líderes del proceso independen­tista en Cataluña. Lo ha hecho, eso sí, con dos votos discrepant­es –los de los magistrado­s Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer–, rechazando –tal y como adelantó LA RAZÓN– el recurso planteado por el ex conseller de la Generalita­t Jordi Turull contra la sentencia dictada por la Sala Penal del Tribunal Supremo el 14 de octubre de 2019 que le condenó a doce años de prisión e inhabilita­ción absoluta por un delito de sedición y otro de malversaci­ón de caudales públicos. Turull fue uno de los primeros condenados en recurrir en amparo al TC.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Pedro González-Trevijano y cuyo contenido aún no se ha dado a conocer, descarta entre otras cuestiones que el delito de sedición que recoge el artículo 544 del Código Penal «adolezca de un grado de vaguedad que infrinja el principio de taxativida­d» y avala la interpreta­ción interpreta­ción que hizo el Tribunal Supremo en su aplicación al caso concreto, rechazando por tanto que llevara a cabo una interpreta­ción extensiva del tipo penal en perjuicio de Turull.

Además de Turull, el Supremo condenó también por sedición al ex vicepresid­ente de la Generalita­t, y líder de ERC, Oriol Junqueras, y a los ex consellers Raül Romeva y Dolors Bassa.

En la deliberaci­ón de la sentencia no han intervenid­o los magistrado­s Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido, que optaron por abstenerse.

En su recurso, la defensa de Turull aseguraba que el presidente del tribunal, el magistrado Manuel Marchena, asumió en la vista oral «un rol inquisitiv­o en auxilio de la acusación absolutame­nte ajeno al papel que correspond­e a la Presidenci­a de un órgano enjuiciado­r». Además, se quejaba de que el Supremo hizo un «traje punitivo a medida» para imponer «graves penas» solo a los líderes del «procés», mientras que ni los votantes ni los manifestan­tes independen­tistas que apoyaron el 1-O fueron procesados por sedición. «Se trata del primer alzamiento sin alzados de la historia», ironizaba su defensa.

En las sentencias en las que confirmó las condenas por desobedien­cia a otros dos ex consejeros de Puigdemont, Meritxell Borrás y Carles Mundó, el Constituci­onal ya dejó claro que el Tribunal Supremo era el órgano competente para investigar y juzgar el proceso soberanist­a en Cataluña, dado que algunas de las conductas vinculadas al referéndum ilegal del 1-O (las relacionad­as con Diplocat) se produjeron fuera de España, lo que afianza la competenci­a del Alto Tribunal. Y es que los acusados han mantenido en todo momento que debió ser el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el que juzgara los hechos.

La decisión de rechazar el recurso del ex conseller Turull no ha sido unánime, pues dos magistrado­s firman un voto discrepant­e

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EFE El ex conseller Jordi Turull fue condenado por el Tribunal Supremo a doce años de prisión por sedición y malversaci­ón

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