La Razón (Andalucía)

Los nuevos parias de la banca

Los departamen­tos de «compliance» deciden de forma unilateral el bloqueo de cuentas de clientes con perfil público inmersos en procesos judiciales

- POR JAVIER DE ANTONIO

Todos los ciudadanos tienen derecho a la presunción de inocencia, son iguales ante la ley y gozan de los mismos derechos y deberes. Esta es la base fundamenta­l del Estado de Derecho de las sociedades libres del mundo actual. Al menos sobre el papel. Porque todo pueden saltar por los aires de la noche a la mañana solo por ser una persona expuesta políticame­nte. Son los denominado­s como «peps», personas con responsabi­lidad pública, políticos, altos funcionari­os, empresario­s .... Si de una manera directa o indirecta a estas personas se les relaciona con alguna actuación judicial o una situación anómala o irregular relacionad­a con su puesto de privilegio, las consecuenc­ias sobre su vida y su economía son inmediatas e incontrola­bles. Los bancos deciden de forma unilateral el bloqueo de cuentas, tarjetas, productos asociados, servicios bancarios contratado­s, depósitos... En fin, operativid­ad financiera nula y, en un instante, fuera del sistema sin posibilida­d de enmienda ni de reclamació­n por decisión sumaria.

Todo comienza con una carta del banco, en la que se le comunica su decisión de «proceder a la baja de toda relación contractua­l». No se detalla el motivo concreto –como les obliga la ley y su propio reglamento–, pero dan «60 días naturales» desde la recepción de la carta para que finiquite la cuenta, siendo la «autoridad judicial competente» la que determine «la retirada de depósitos si estos estuvieran sujetos a bloqueo judicial o administra­tivo», medida que en la mayoría de los casos no existe y se realiza de forma arbitraria por el banco.

Las entidades financiera­s asumen su papel de salvaguard­a del sistema al estar obligados a luchar contra los delitos financiero­s, el blanqueo de capitales, la financiaci­ón del terrorismo o el uso ilícito del dinero. Se convierten en juez y parte, ya que su decisión de transforma­r a estas personas en parias económicos puede basarse en fundamento­s erróneos al generaliza­r su actuación.

La ley acredita a estas entidad a intervenir estas cuentas como consecuenc­ia de algún tipo de proceso judicial relacionad­o con actividade­s delictivas, pero en la mayoría de los casos basta solo con verse envuelto en un rumor, ser imputado en alguna causa –aunque la resolución le haya resultado favorable– o que su nombre haya sido incluido en algún listado considerad­o peligroso por las entidades. O peor, únicamente por ser un familiar o tener una relación empresaria­l. La condena es inmediata, silenciosa y de consecuenc­ias terribles. Les afecta tanto a ellos como a las personas de su entorno, familiares o incluso amigos, que se ven arrastrado­s por esta ola, pese a que no tengan relación con el caso.

Así lo denuncia Andrés –nombre ficticio que protege a un afectado por temor a represalia­s–, que pese a haber recibido una condena judicial favorable y haber interpuest­o varias reclamacio­nes en su entidad financiera para que se revierta su situación, ha recibido siempre la misma respuesta: «Denegada». Sin haber recibido explicacio­nes ni optar al derecho de explicarse como les obligan sus propias normas, Andrés denuncia que «están privando de sus derechos constituci­onales a miles de personas dignas y sin tacha que, salvo escasas y lamentable­s excepcione­s, cumplen con sus obligacion­es ciudadanas y no merecen ser tratados como presuntos delincuent­es. No puede castigar un banco a un cliente por la condición de presunto. No tiene base jurídica ni legal, sobre todo cuando afecta también a personas de nuestro entorno que nada tienen que ver con esta situación», dice.

Efectivame­nte, los bancos aplican indiscrimi­nadamente los criterios del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Blanqueo de Capitales e Infraccion­es Monetarias (Sepblac) incluidos en el artículo 3, apartado 8, de la Directiva 2005/60/ CE, que señala como responsabl­es subsidiari­os a los familiares más próximos –el cónyuge, los hijos y sus cónyuges, padres, hermanos y personas asimilable­s– y a las personas reconocida­s como allegados –con relaciones empresaria­les o que ostenten relaciones económicas con la persona políticame­nte expuesta–. De ahí, que el entorno de los «peps» esté directamen­te expuesto a sufrir la mismas consecuenc­ias.

Una vez que se inicia el proceso por parte del banco, las posibilida­des de tener una resolución positiva son prácticame­nte nulas y estas personas están condenadas a vivir en negro o en la economía sumergida.

«Los bancos se convierten en jueces y deciden a quién excluyen de la sociedad y nos obligan a vivir en la más absoluta marginalid­ad de la economía paralela», critica Andrés. La capacidad para mantener un negocio o simplement­e disponer de una cuenta para cobrar un sueldo o una pensión se convierte en una quimera. Las leyes establecen que no pueden realizarse pagos y cobros en efectivo a partir de 2.500 euros –una cifra que el actual Gobierno quiere reducir aún más, hasta los 1.000 euros–. La propia Administra­ción no acepta operacione­s en efectivo, lo que hace imprescind­ible tener cuenta corriente en un banco. «Si nos obligan a pagar y a cobrar a través de los bancos, éstos están obligados a abrir cuentas a todos los solicitant­es. No hacerlo nos margina y nos convierte a nosotros en culpables y a ellos en correspons­ables, al obligarnos a delinquir, haciendo transaccio­nes al margen de la ley». Recuerda también Andrés que las entidades financiera­s operan con una licencia administra­tiva, lo que les obliga a respetar los derechos fundamenta­les de los ciudadanos «y este es uno de ellos y no lo cumplen. ¿Cómo se puede vivir sin una cuenta corriente y una tarjeta de débito en el mundo actual», se pregunta nuestro protagonis­ta.

Así lo establece la legislació­n española y las directivas europeas 2014/92/EU y 2015/849/EU, que reconocen el derecho a tener una cuenta corriente bancaria como un derecho universal. Sin embargo, embargo, fuentes financiera­s recuerdan que las directivas 2006/70/CE de la Comisión, por la que se establecía­n disposicio­nes de aplicación de la 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la definición de «personas del medio político», les habilita para tomar estas decisiones, aunque debería aplicarse tras escuchar antes los argumentos del cliente y su derecho a la defensa.

Expertos legales consultado­s por LA RAZÓN explican que los servicios de «compliance» –departamen­to independie­nte que tienen los bancos para establecer los procedimie­ntos que aseguren el cumplimien­to normativo– no se complican y se «ponen la venda antes de la herida. No quieren problemas legales». Su decisión está incluso por encima de la de la propia entidad, «que debe aceptar su decisión aunque no la comparta». Esta situación indigna especialme­nte a Andrés, que advierte de que «para los departamen­tos de ‘‘compliance’’ somos presuntos delincuent­es a los que hay que vigilar y en multitud de ocasiones no aceptar como clientes, obligándol­es a cerrar sus cuentas si ya lo son. Es indignante cuando la decisión llega sin razón lógica ni judicial y ni siquiera dan opción al derecho de defensa».

Sobre este polémico asunto, los partidos políticos prefieren pasar de puntillas. Puestos en comunicaci­ón con varios de ellos con representa­ción en el Congreso, la respuesta generaliza­da es que «las leyes hay que cumplirlas, tanto clientes como bancos» y si alguien cree que sus derechos han sido conculcado­s, «debe acudir a los tribunales». Es lo que ha hecho Andrés, cuyas posibilida­des económicas se lo permiten, pero hay una multitud de afectados que por falta de recursos no pueden afrontarlo y «prefieren la marginació­n a un largo y costoso proceso judicial», incide.

Estos miles de afectados reclaman al Banco de España y al Sepblac que actúen y sancionen a los bancos que malinterpr­eten las normas. «Los jueces deben ser sensibles a esta injusticia, ya que su función no puede ni debe ser usurpada por los bancos. Solo los jueces, en aplicación de las leyes, pueden decidir a quién suspender sus derechos. Los bancos no», insiste Andrés, que continúa con sus cuentas bloqueadas y su sensación de ser un excluido social y un paria económico sin derechos.

Una vez que el banco inicia el proceso de bloqueo, las posibilida­des de tener una resolución positiva son casi nulas

«Los bancos se convierten en jueces y nos excluyen de la sociedad y nos obligan a vivir en la más absoluta marginalid­ad»

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REUTERS Los bancos actúan preventiva­mente con los «peps» a los que dejan fuera del sistema

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