Procesan a nueve personas por las ayudas de la Junta al ERE de Río Grande
El juez les atribuye delitos de malversación, prevaricación, tráfico de influencias y falsedad documental
El juez de refuerzo del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra nueve personas investigadas en una pieza separada del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) centrada en las presuntas irregularidades en las ayudas que la Junta de Andalucía concedió a la entidad Río Grande Sevilla S. L., que tiene por objeto social la explotación de toda clase de negocios dedicados a la hostelería y alimentación, tales como restaurantes y bares. Entre los señalados se encuentran el ex sindicalista de UGT Juan Lanzas, su pareja Beatriz N. M., la dueña de Río Grande, María del Carmen García, varios miembros de Vitalia, uno de ellos el ex directivo de la consultora Antonio Albarracín; integrantes de Atrado Mensajería y de un bufete de abogados; así como la «intrusa» Carmen Fontela, quien fue incluida como beneficiaria de una póliza de seguro, pese a que nunca habría sido trabajadora de la empresa que recibió los fondos públicos.
En un auto fechado el día 30 de abril, el magistrado toma esta decisión «por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos» de presuntos delitos de falsedad documental, prevaricación administrativa, tráfico de influencias y malversación, dando traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de veinte días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular acusación, según informó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
El instructor explica que el objeto de esta pieza «lo constituye la presunta ilicitud de las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo a la entidad Río Grande S. L. sin sujeción al procedimiento legalmente establecido», añadiendo que, «así, de manera ilícita y fraudulenta, se concede una ayuda a dicha empresa para satisfacer el pago de las indemnizaciones por despido de sus trabajadores».