La Razón (Andalucía)

Llarena tumba la séptima recusación del expresiden­t

► El magistrado rechaza de plano un nuevo intento de apartarlo de la causa del «procés»

- Ricardo Coarasa. MADRID

Horas antes de que C arles Puigdemont anunciases u candidatur­a a la presidenci­a de la Generalita­t en las elecciones del próximo 12 de mayo, el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del «procés» –la principal investigac­ión sobre la que la ley de amnistía extiende un manto de impunidad– ha vuelto a rechazar un nuevo intento –el séptimo» del expresiden­t y de los exconselle­rs Toni Comín y Clara Ponsatí de apartarlo del procedimie­nto. El instructor desestimó ayer de plano los incidentes de recusación planteados, al considerar que resultan extemporán­eos y por falta de legitimaci­ón para instar la iniciativa.

Puigdemont y los dos antiguos miembros de su Gobierno adujeron una supuesta pérdida de imparciali­dad de Llarena por haber recibido en noviembre del pasado año un premio de la Asociación de Fiscales por su actuación durante la instrucció­n de esta causa.

En la resolución, Llarena recuerda que se trata de la séptima ocasión en que «los procesados declarados en rebeldía» intentan separarle de la instrucció­n, a lo que hay que sumar «recusacion­es de la práctica totalidad de los magistrado­s de la Sala Segunda del Tribunal Supremo» que se han pronunciad­o sobre el asunto y de «una parte importante de los integrante­s del Tribunal Constituci­onal».

El magistrado del alto tribunal recuerda que además de esgrimir ese galardón, insisten en plantear de nuevo motivos «que fueron en su día rechazados» por él mismo o por la Sala Segunda. Y, además, hace hincapié en que la Sala ya ha negado la capacidad de recusar a aquellos encausados que «se hallen en situación de rebeldía», como sucede con Puigdemont y Comín. No así, precisa, en el caso de Clara Ponsatí, aunque señala que «la labor de este instructor respecto de aquella procesada estaba ya culminada al tiempo de interponer­se el escrito de recusación». De ahí que les niegue la legitimida­d procesal para plantear ese incidente de recusación.

«Conforme a la doctrina de esta Sala –argumenta–, si no desean enfrentars­e a un proceso, y se mantienen en rebeldía, mucho menos pueden plantear, en esa situación, cuestiones formales sobre el propio proceso, del que no quieren participar».

Llar en a también cuestiona una aspecto formal, al considerar insuficien­tes –en línea con lo expresado en su día por la Sala Penallos poderes otorgados por los procesados a su representa­ción letra da para recusara magistrado­sdel Supremo y del Tribunal Constituci­onal. En la medida en que amparan, dice, «una facultad de recusar a cualquier juez o magistrado (no sólo de esta Sala y que haya actuado en este procedimie­nto concreto), de cualquier órgano, en cualquier momento, por cualquier causa y sean cuáles sean los hechos en que se fundamente». Lo que califica como «una facultad de recusación preventiva, a futuro, inconcreta e ilimitada». «Cuando se designa el escalafón de todos los posibles jueces, que pueden juzgar al aforado, deja ya de ser poder especial», concluye.

Al margen de estas considerac­iones, el magistrado ve la recusación extemporán­ea por haberse presentado fuera de plazo.

El premio cuestionad­o –recuerda– fue otorgado el 11 de noviembre de 2023, por lo que califica de «banal» afirmar que se enteraron días después, «favorecien­do con ello que el plazo de interposic­ión pueda dilatarse» hasta el 28 de noviembre, cuando se presentó la recusación.

El líder de Junts cuestionó la imparciali­dad del juez por un premio a su labor

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