Llarena tumba la séptima recusación del expresident
► El magistrado rechaza de plano un nuevo intento de apartarlo de la causa del «procés»
Horas antes de que C arles Puigdemont anunciases u candidatura a la presidencia de la Generalitat en las elecciones del próximo 12 de mayo, el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del «procés» –la principal investigación sobre la que la ley de amnistía extiende un manto de impunidad– ha vuelto a rechazar un nuevo intento –el séptimo» del expresident y de los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí de apartarlo del procedimiento. El instructor desestimó ayer de plano los incidentes de recusación planteados, al considerar que resultan extemporáneos y por falta de legitimación para instar la iniciativa.
Puigdemont y los dos antiguos miembros de su Gobierno adujeron una supuesta pérdida de imparcialidad de Llarena por haber recibido en noviembre del pasado año un premio de la Asociación de Fiscales por su actuación durante la instrucción de esta causa.
En la resolución, Llarena recuerda que se trata de la séptima ocasión en que «los procesados declarados en rebeldía» intentan separarle de la instrucción, a lo que hay que sumar «recusaciones de la práctica totalidad de los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo» que se han pronunciado sobre el asunto y de «una parte importante de los integrantes del Tribunal Constitucional».
El magistrado del alto tribunal recuerda que además de esgrimir ese galardón, insisten en plantear de nuevo motivos «que fueron en su día rechazados» por él mismo o por la Sala Segunda. Y, además, hace hincapié en que la Sala ya ha negado la capacidad de recusar a aquellos encausados que «se hallen en situación de rebeldía», como sucede con Puigdemont y Comín. No así, precisa, en el caso de Clara Ponsatí, aunque señala que «la labor de este instructor respecto de aquella procesada estaba ya culminada al tiempo de interponerse el escrito de recusación». De ahí que les niegue la legitimidad procesal para plantear ese incidente de recusación.
«Conforme a la doctrina de esta Sala –argumenta–, si no desean enfrentarse a un proceso, y se mantienen en rebeldía, mucho menos pueden plantear, en esa situación, cuestiones formales sobre el propio proceso, del que no quieren participar».
Llar en a también cuestiona una aspecto formal, al considerar insuficientes –en línea con lo expresado en su día por la Sala Penallos poderes otorgados por los procesados a su representación letra da para recusara magistradosdel Supremo y del Tribunal Constitucional. En la medida en que amparan, dice, «una facultad de recusar a cualquier juez o magistrado (no sólo de esta Sala y que haya actuado en este procedimiento concreto), de cualquier órgano, en cualquier momento, por cualquier causa y sean cuáles sean los hechos en que se fundamente». Lo que califica como «una facultad de recusación preventiva, a futuro, inconcreta e ilimitada». «Cuando se designa el escalafón de todos los posibles jueces, que pueden juzgar al aforado, deja ya de ser poder especial», concluye.
Al margen de estas consideraciones, el magistrado ve la recusación extemporánea por haberse presentado fuera de plazo.
El premio cuestionado –recuerda– fue otorgado el 11 de noviembre de 2023, por lo que califica de «banal» afirmar que se enteraron días después, «favoreciendo con ello que el plazo de interposición pueda dilatarse» hasta el 28 de noviembre, cuando se presentó la recusación.
El líder de Junts cuestionó la imparcialidad del juez por un premio a su labor