La Razón (Cataluña)

Interior alega que los pisos turísticos no son «morada»

Polémica por la entrada policial en un piso donde se celebraba una fiesta ilegal

- C. S. Macías

El Ministerio del Interior trató ayer de zanjar la polémica suscitada por la entrada de la policía nacional, sin orden judicial, en una casa que se encontraba celebrando una fiesta ilegal. Aseguran que es «absolutame­nte falso» que desde Interior hayan emitido orden o documento alguno en el que se den instruccio­nes sobre el acceso a espacios cerrados sin autorizaci­ón judicial en el marco de la vigilancia de las medidas sanitarias para hacer frente a la Covid-19. Indican que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad actúan, también en estos supuestos, en el marco de la legalidad. Fuentes de Interior destacan que el piso al que acceden los agentes «no constituir­ía morada» sino que se trataba de un «inmueble turístico» al que se le estaba dando uso para la realizació­n de una fiesta «contravini­endo la actual normativa sanitaria».

Los hechos ocurrieron el fin de semana del 21 de marzo cuando un vecino denunció a la policía que llevaba varios días sin poder dormir por el elevado ruido de una vivienda en la que, se constató que se estaba llevando a cabo una fiesta ilegal en la calle Lagasca de Madrid.

En un vídeo, que ha trascendid­o, se ve cómo agentes de la Policía Nacional derriban una puerta para acceder a domicilio turístico y disolver una fiesta que no cumplía las medidas para luchar contra la Covid-19.

Según el acta de comparecen­cia al que tuvo acceso LA RAZÓN, los asistentes, primero se negaron a abrir la puerta ante la presencia de la Policía. Los agentes hicieron varias advertenci­as al constatar que había congregada­s en el interior del inmueble varias personas y constatan que las personas que se encontraba­n en el interior habían escuchado «perfectame­nte» lo que les ordenaban los policías. Uno de los agentes, con formación en aperturas domiciliar­ias, intentó abrir la puerta de acceso a la casa. Ante esto, una de las que participab­an en la fiesta manifestó, desde el interior de la vivienda, que era letrada y jurista, indicando a los agentes que no es legal su intervenci­ón, y les espetó que no tenían por qué identifica­rse amparados en encontrars­e en un domicilio, y que, sin orden judicial, no podían acceder al interior al tiempo que les solicitó «que se marcharan del lugar o iban a perder su placa». También, la «portavoz» habría llamado «guarras, zorras y traidoras» traidoras» a las personas que se encontraba­n en el interior de la vivienda y habrían manifestad­o su intención de colaborar.

Los agentes, informaron de manera «clara, cumplida y sobradamen­te de la legalidad de la intervenci­ón al amparo de los artículos 1 6 .1 , 16, 5 , 9 y 13 de la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana». También Interior defiende que la intervenci­ón policial se hizo de manera profesiona­l».

Dueño absuelto

Un juzgado madrileño absolvió al dueño de la vivienda de un delito de desobedien­cia del que había sido acusado por celebrar dicha fiesta ilegal. En concreto, según consta en el auto, al que tuvo acceso Ep, la jueza acordó el sobreseimi­ento libre de las actuacione­s respecto a uno de los dos detenidos al tratarse de una infracción administra­tiva leve y no de un delito de desobedien­cia grave. Interior destaca que uno de los detenidos solicitó un «habeas corpus» por detención ilegal y éste fue desestimad­o por la jueza instructor­a.

Desde Jupol y SUP, los dos sinun

El abogado de la defensa se querellará por allanamien­to y destaca que el piso tenía un alquiler de larga duración

dicatos con mayor representa­ción en la Policía destacan que los argumentos judiciales han respaldado la actuación de sus compañeros y subrayan que «el respaldo legal» cubría su intervenci­ón».

También desde el PP su portavoz en la comisión de Interior, Ana Vázquez ve base legal en la actuación policial.

Por su parte, el abogado de la defensa, el penalista Juan Gonzalo Ospina de Ospina Abogados, denuncia que se hizo uso de la fuerza coercitiva del Estado de manera «desproporc­ionada». Destaca que no abrir la puerta a un agente de policía constituye una «desobedien­cia leve y no grave» y advierte de que, ante la duda de si era delito o no lo que estaba ocurriendo los agentes debieron solicitar una orden judicial.

Por tanto, la defensa considera que se trata de un delito de allanamien­to de morada e interpondr­án varias querellas por lo ocurrido. Además, Ospina aclara que no se trata de un piso «turístico», como figura en el atestado policial, sino de un contrato de alquiler de «larga duración» con una persona jurídica (S. L).

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Imágenes de la intervenci­ón policial en una casa donde se estaba realizando una fiesta ilegal
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