La Razón (Cataluña)

Ataque a dos millones de familias en plena crisis

El Gobierno se acoge a una idea «pre-pandemia»de la AIReF

- H. Montero

Eran otros tiempos. La Autoridad Independie­nte de Responsabi­lidad Fiscal (AIReF) analizaba los beneficios fiscales de 2019, cuando el Covid-19 era «un resfriado» y nadie creía que fuera a hacer girones el mundo, y concluía que la tributació­n conjunta del IRPF desincenti­va la participac­ión laboral de las mujeres. En ese análisis de los beneficios fiscales de 2019, cuando la economía aún crecía y el mercado laboral no había saltado por los aires hasta hacer necesario el dopaje con fondos públicos de cientos de miles de empleos mediante los ERTE, la AIReF recomendab­a la supresión gradual de esta modalidad.

Eran otros tiempos, en los que quizá las mujeres con menor formación o sin disponer de ninguna podrían haberse decidido a buscar un empleo en la hostelería o el turismo. Eran otros tiempos, pre-pandemia, pero el Gobierno ha decidido obviarlo y excusarse en esa sugerencia de la AIReF previa a la Covid-19 para planear otro sablazo fiscal que, en este caso, no puede justificar en las rentas altas, ya que esas deduccione­s son, sobre todo, para las rentas más bajas y, sobre todo, para las mujeres, que suponen el 83,2% de las rentas más bajas en las familias, según los datos de las declaracio­nes por IRPF correspond­ientes a 2016.

Y es que la declaració­n de la Renta conjunta ahorra 3.400 euros anuales a los matrimonio­s que tributan el impuesto de esta manera. En declaracio­nes conjuntas de unidades familiares monoparent­ales, es decir, las formadas, en los casos de separación legal o cuando no exista vínculo matrimonia­l, por el padre o la madre y todos los hijos menores o mayores de edad incapacita­dos judicialme­nte sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilita­da que convivan con uno u otra, la base imponible se reduce en 2.150 euros anuales.

Es este beneficio fiscal, según la AIReF, el que provoca efectos perversos sobre la oferta de trabajo de los integrante­s de la unidad familiar que aportan una renta menor, desincenti­vando su participac­ión en el mercado de trabajo. «La tributació­n conjunta solo resulta fiscalment­e atractiva cuando uno de los miembros de la pareja no percibe rentas, o cuando percibe rentas bajas. En consecuenc­ia, esta figura puede generar incentivos negativos sobre la oferta laboral de las mujeres, que suelen ser el miembro del hogar con menor nivel de renta», explicaba el documento.

La AIReF estimaba que las mujeres que obtienen un ahorro marginal al hacer tributació­n conjunta declaran casi 3.000 euros menos de renta laboral que aquellas para las que la tributació­n conjunta supone un coste marginal. «En concreto, la distorsión es de 2.367 euros entre las mujeres de rentas bajas».

En el documento, la institució­n calculaba que el coste para las arcas públicas de esta iniciativa asciendía a 2.293 millones, y los beneficiar­ios suponían 4,2 millones de personas, 2,1 millones de hogares, el 18% de los contribuye­ntes y el 17% de las familias. El organismo sostenía que el beneficio fiscal sí consigue su objetivo al beneficiar a los hogares que solo tienen un perceptor de rentas.

Aunque las deduccione­s en las declaracio­nes conjuntas resultan minoritari­as entre los principale­s países de la OCDE, aún está presente en forma de sistema de división de ingresos o por la escala diferencia­da en países como Francia, Portugal o Alemania.

En cualquier caso, la AIReF advertía de que de aprobarse una modificaci­ón de los beneficios fiscales «debía enmarcarse en la planificac­ión estratégic­a de las políticas públicas con las que esté relacionad­o», a lo que añadía que debía crearse «un régimen transitori­o para no perjudicar a las familias con menor capacidad de adaptar sus decisiones de participac­ión a la nueva situación».

La declaració­n de la renta conjunta beneficia en términos generales a los contribuye­ntes de mediana y avanzada edad, alrededor de un 48% de mayores de 55 años.

El informe de la AIReF analizaba las deduccione­s en 2019, cuando aún se creaba empleo en España

«Cualquier modificaci­ón debe hacerse con un régimen transitori­o que no perjudique a las familias», se sugería

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