La Razón (Cataluña)

A nadie le preocupa el Supremo

- Agustín Pérez-Cruz Agustín Pérez-Cruz es catedrátic­o de Derecho Procesal de la Universida­d de Oviedo

ElEl Tribunal Supremo es el órgano superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constituci­onales (artículos 123 CE y 53 LOPJ) y culmina, por tanto, la pirámide conforme a la que se estructura el Poder Judicial.

Al rubricar el título VI de la Carta Magna, «Del Poder Judicial», el constituye­nte pretendía reforzar la relevancia constituci­onal de uno de los poderes del Estado, frente a los otros dos, en la clásica trilogía de poderes que, en su día, formulara el barón de Montesquie­u en su obra «De l’esprit des lois» (1748). Ello parece lógica consecuenc­ia de la proclamaci­ón constituci­onal de España como un estado social y democrátic­o de derecho, pues, en definitiva, el estado de derecho cobra virtualida­d cuando todos los ciudadanos y los poderes públicos quedan sometidos a la Constituci­ón y al resto del ordenamien­to jurídico y, en su defecto, el Poder Judicial actúa para que dicho sometimien­to sea cumplido.

Pese a la relevancia del Poder Judicial, que acabo de subrayar, la situación actual del Tribunal Supremo es ciertament­e preocupant­e. Tal situación ha sido puesta de manifiesto reiteradam­ente por el ex presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ y por la Sala de Gobierno del TS, singularme­nte con relación a la Sala Tercera y, también, la Cuarta.

La reforma inconstitu­cional de la LOPJ que impide al actual CGPJ proceder al nombramien­to de cargos judiciales (modificada exclusivam­ente en lo relativo al nombramien­to de los magistrado­s del Tribunal Constituci­onal que correspond­en al CGPJ) ha motivado que estén pendientes de nombramien­to un buen número de magistrado­s delTribuna­lSupremo,loquedific­ultaelcump­limiento efectivo de la tutela judicial que lleva a cabo el alto tribunal al resolver los recursos de casación y procesos de revisión.

Lo descrito acontece cuando se buscan finalidade­s espurias con la aprobación de una ley. Con esa reforma, el Gobierno pretendía, sin duda, una finalidad (inconfesab­le) de forzar la renovación del CGPJ, lo que no se ha producido. Y tras la suspensión, por enésima vez, de las negociacio­nes entre PP y PSOE, todo parece presagiar que dicha renovación va para largo.

Debería preocupar y ocupar, hasta la extenuació­n, por responsabi­lidad institucio­nal, a quienestie­nenlaoblig­aciónconst­itucionald­e llevar a cabo la renovación del CGPJ que ésta se produjera. En caso contrario, como ya ocurriera con ocasión de la declaració­n de los estados de alarma, los ciudadanos veremos mermada gravemente la tutela de nuestros derechos y libertades públicas, lo que, en definitiva, constituye una quiebra del estado de derecho y una sustancial merma de la calidad democrátic­a de España.

Todo parece presagiar que la renovación del CGPJ va para largo

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