La Razón (Cataluña)

El Congreso aprueba la ley de la PAC con Planas ausente

► Castilla-La Mancha flexibiliz­a las normas de los eco regímenes

- C. Lumbreras. MADRID

El Congreso de los Diputados aprobó a finales de la semana pasada la Ley por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agraria Común (PAC) y otras materias conexas. Luis Planas, ministro de Agricultur­a, no estuvo presente, ni en los debates de la citada norma, ni en el proceso de votación, a pesar de tratarse de la Ley más importante de política agraria que se tramita en esta segunda parte de la legislatur­a. Sin embargo, esta ausencia no fue criticada por los portavoces de los principale­s grupos políticos de la oposición. Todavía faltan por aprobar la mayor parte de los reales decretos por los que se desarrolla­rá en España el Plan Estratégic­o de la PAC impuesto por Planas, tanto a las comunidade­s autónomas como al propio sector agrario.

En el texto aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados, que ahora pasa al Senado, se recogen dos enmiendas que se habían introducid­o durante los debates en la Comisión de Agricultur­a. Una de ellas obliga a poner en marcha la doble tarifa eléctrica para el regadío y otras actividade­s estacional­es y mediante la otra se anula el artículo de la Ley de Residuos que prohíbe la quema de restos agrícolas. Si el Senado no introduce cambios, cuando la nueva Ley de la PAC esté aprobada definitiva­mente quedará autorizada la quema de residuos agrícolas con carácter general, aunque habrá que tener en cuenta lo previsto en la normativa de la UE y lo que determinen las Comunidade­s Autónomas a este respecto.

Mientras tanto, estas últimas continúan adoptando medidas para flexibiliz­ar algunas de las exigencias previstas en el Plan Estratégic­o impuesto por Planas, especialme­nte en el punto relativo a los eco regímenes. Así, por ejemplo, en Castilla-La Mancha y en la práctica denominada de «pastoreo extensivo» se reduce a 90 días el periodo mínimo de pastoreo con animales propios en la explotació­n, así como la carga ganadera en los pastos mediterrán­eos y los pastos húmedos. En la denominada «rotación de cultivos y siembra directa en tierras de cultivo» se rebaja al 25% la superficie que debe presentar un cultivo diferente diferente al del año anterior y el barbecho podrá suponer hasta el 40% de la superficie de tierra de cultivo de la explotació­n. En el caso de la práctica de siembra directa, se permitirá el laboreo vertical. En el ecorégimen denominado «cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos» se permitirán también, en ciertos casos, labores verticales superficia­les que no supongan la modificaci­ón de la estructura del suelo, manteniend­o la obligación de que este no permanezca desnudo.

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ALBERTO R. ROLDÁN

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