La Razón (Cataluña)

Griñán y los líderes del «procés», beneficiad­os

► El Tribunal Supremo augura una avalancha de revisiones de condenas

- Irene Dorta. MADRID

Tras la abolición del delito de sedición, el Gobierno no se ha cerrado a más reformas en el Código Penal como la del delito de malversaci­ón que piden sus socios catalanes. Esto tendría unas consecuenc­ias directas en los tribunales si se traduce en una rebaja de penas porque redundaría en beneficios para el expresiden­te socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años de prisión en el «caso ERE» o para una decena de líderes del «procés». Pero no solo. Juristas, magistrado­s y fuentes de la judicadura consultada­s vaticinan una revisión de cientos de sentencias.

Poco ha avanzado el Ejecutivo de cómo puedes eres a futura reforma de la malversaci­ón( a petición de ER Ca través de las enmiendase­n el Congreso ), aunque en las declaracio­nes de algunas ministras ayer se intuyen caminos. «Evidenteme­nte no es lo mismo el corrupto que se lleva el dinero a su bolsillo que aquel que no se lleva el dinero a su bolsillo», recalcó la ministra de Defensa, Margarita Robles, en una entrevista en Antena 3. Una «obviedad» para la responsabl­e de Hacienda, María Jesús Montero, que es distinto si existe enriquecim­iento personal que si no lo hay.Con la actual redacción del delito de malversaci­ón [artículo 432 del Código Penal] se castiga a la autoridad o funcionari­o público que «hubiera causado un grave daño o entorpecim­iento al servicio público, o el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 50.000 euros». Las penas van de dos y seis años de cárcel y de seis a diez años de inhabilita­ción y da igual que el dinero cogido de las arcas públicas terminara en el bolsillo del político o acabara en pagos de urnas (caso del «procés») o ayudas económicas (como en los «ERE»). De hecho, la ley se reformó así en 2015, precisamen­te, precisamen­te, para ampliar los casos en los que perseguir la corrupción. En las actividade­s privadas, los delitos contra el patrimonio ya penalizaba­n que una empresa desviara dinero para otros fines, pero no había similitud si lo hacía un funcionari­o.

«La doctrina había dicho que este tipo de delitos deberían aplicarse a la Admistraci­ón Pública. Fue una reforma esperada y aplaudida», señala el catedrátic­o en derecho penal Bernardo del Rosal. Para él, distinguir ahora como se intuye de las palabras de miembros del Gobierno- entre los que se quedan con dinero para enriquecer­se y los que utilizan ese dinero para hacer algún uso ilícito no tiene sentido. Es como si se distinguie­ra entre robar para comer o robar para vender luego. «En los delitos contra el patrimonio no se castiga el enriquecim­iento de una persona, sino el perjuicio. El enriquecim­iento podría tenerse en cuenta en la responsabi­lidad civil de cara a la condena», aclara.

Opinión distinta a la que tiene Miguel Pasquau, magistrado de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: «Probableme­nte sí está bien hacer esa distinción y que pudiera tener un reflejo en las penas porque son conductas diferentes».

La clave está en cómo lo redacte el Gobierno. Fuentes jurídicas señalan que si despenaliz­a totalmente uno de los supuestos sería «disparatad­o» y habría que entrar una a una las condenas de prisión vigentes e, incluso, las que estén extintas en caso de que el penado quisiera borrar sus antecedent­es penales. Griñán podría salir beneficiad­o (e incluso utilizar la simple tramitació­n de cara al indulto), también el expresiden­t del Govern Balear Jaume Matas, condenado por malversaci­ón en el «caso Nóos»; el fallo de «Gürtel», «Púnica», «Lezo»... todas las condenas tendrían que pasar el nuevo filtro del Código Penal.

Por el momento, el Supremo se reúne esta semana para decidir el alcance de que ya no exista la sedición en la sentencia sobre el 1-0 cuya condena se basaba precisamen­te en dicho delito en concurso con la malversaci­ón.

El Código Penal ya fue modificado en 2015 para ampliar los delitos de esta corrupción

Las sentencias del «caso Nóos», «Púnica» o «Gürtel» tendrían que pasar un nuevo filtro

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EP El expresiden­te de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán

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