La Razón (Cataluña)

Condenas de decenas de violadores, a revisión

► Los tribunales han rebajado ya las penas de tres condenados por delitos sexuales

- Irene Dorta. MADRID

Un profesor de inglés acusado de abusar sexualment­e de cuatro alumnos, un hombre que violó a una amiga cuando se quedó a dormir en su casa y un señor que agredió sexualment­e a su hijastra de 14 años han conseguido ya una rebaja en sus condenas tras la entrada en vigor de la «Ley del sí es sí». Estos tres casos que la Audiencia Provincial de Madrid ha revisado en las últimas semanas no son aislados. Según los cálculos de las fuentes jurídicas consultada­s, solo en las 15 secciones del área penal de este órgano en la capital hay al menos una veintena de revisiones en cola por este mismo motivo.

El BOE publicó el pasado 6 de septiembre la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual. El texto incluía nuevos agravantes como el de la sumisión química, establecía la creación de centros de asistencia 24 horas, clases de educación sexual y otras muchas medidas aclamadas por el feminismo. Pero numerosos juristas advirtiero­n de que planteaba un error de base: si se rebajaban las penas de algunos casos se iban a producir peticiones a tropel para aplicar estos beneficios a los violadores.

Y así ha sido. Apenas un mes después de que la Ley echase a andar ya se han conocido al menos tres casos en Madrid, pero fuentes de otros órganos judiciales como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña señalan que también allí se están dando revisiones. El primero y el más sangrante hasta el momento, un profesor que había sido condenado a 6 años y 9 meses de cárcel se quedará sin entrar en prisión porque los jueces le han rebajado la pena hasta 1 año y 3 meses. Antes el Código Penal condenaba a quien «intervinie­ndo engaño o abusando de una posición reconocida de confianza, autoridad o influencia sobre la víctima realice actos de carácter sexual con personas mayores de 16 y menores de 18», pero el Tribunal cree que ahora con la nueva reforma esto ha quedado vacío de contenido y como el grueso de los delitos del acusado eran con mayores de 16 años, los jueces los

eliminan directamen­te.

La Fiscalía, en este caso, abogaba por dejar la sentencia tal y como estaba. No así en el segundo, en el que estuvo de acuerdo en rebajar de seis años a cuatro la condena porque es el nuevo mínimo previsto en el Ley. Lo mismo que en la sentencia del hombre que abusó de la hija de su pareja: sus ocho años de cárcel han quedado en seis. Fuentes de la Fiscalía General del Estado aducen que tienen que ir viendo conforme vayan brotando las casuística­s.

Pero en la Audiencia Provincial de Madrid no han esperado porque fuentes jurídicas aguardan un alud de casos similares. El próximo viernes se reunirán para saber qué hacer en terreno virgen y unificar criterios. El problema, dicen magistrado­s consultado­s, es que Igualdad no incluyó una trasposici­ón de cómo debería haber sido la transición de una regulación a otra.

Cualquiera de estas decisiones tiene la opción de ser recurrida al Tribunal Supremo que, en última instancia, será el que fije el camino. Sin embargo, varios juristas creen que es palmaria la necesidad de corregir el texto para evitar rebajas masivas de penas.

Solo el pasado año hubo 3.881 personas condenadas por delitos sexuales y, concretame­nte, 1.556 por abuso sexual, según los datos del Ministerio de Justicia. Concepto que el Ministerio de Igualdad ha fulminado, así que aunque no todos podrán acceder a una rebaja de penas, sí lo pueden intentar aquellos cuya revisión resulte beneficios­a porque el Código Penal siempre se debe aplicar a favor del reo y de forma retroactiv­a.

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