El CGPJ se resigna a no opinar sobre la reforma
► El Pleno rechaza por un solo voto realizar el informe que ha obviado el Gobierno
«Dedicaré la tarde a digerir que el día que he votado la reforma del Código Penal sobre el maltrato animal, incluidas ranas, sapos y lagartijas, no voy a informar sobre la reforma de la sedición». El desahogo de un vocal conservador tras el Pleno de ayer del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ilustra perfectamente la desazón de los ocho vocales del grupo mayoritario que defendieron sin éxito que la institución debía informar sobre la reforma del delito de sedición. Lo hicieron en la misma sesión en la que el Pleno avaló por unanimidad su informe sobre el anteproyecto de ley de maltrato animal. Pero, finalmente, no habrá informe del Consejo sobre la derogación del delito de sedición, que el Gobierno va a equiparar a unos desórdenes públicos agravados con una pena máxima de cinco años de prisión. Dado que el Ejecutivo ha tramitado la reforma a través de una proposición de ley, el informe del órgano de gobierno de los jueces no es preceptivo, pero esos vocales conservadores intentaron que, pese a todo, se escuchara la voz del CGPJ.
La propuesta no salió adelante por un solo voto, pues los ocho vocales que la impulsaron –Nuria Díaz, José Antonio Ballestero, Juan Manuel Fernández, José María Macías, Juan Martínez Moya, Gerardo Martínez Tristán, Ángeles Carmona y Carmen Llombart– se quedaron solos. Nueve se opusieron y otro, el también conservador Wenceslao Olea, se abstuvo.
En un voto particular, los vocales que respaldaron la iniciativa sostienen que «existen precedentes en este Consejo de emisión de informes por propia iniciativa» y defienden que, en este caso, «convendría» una valoración jurídica por parte del CGPJ sobre la reforma exprés para reformar el delito de sedición (una de las recurrentes exigencias de ERC al Gobierno).
En ese voto discrepante, los referidos vocales aseguran que les «llama la atención que en reiteradas ocasiones nos encontramos con importantes reformas que afectan al Poder Judicial y que, en lugar de tramitarse como proyectos de ley por el Gobierno» lo son como proposiciones de ley respaldadas por «los grupos parlamentarios que sostienen al Gobierno», obviando así el trámite de informe preceptivo del CGPJ.
Los consejeros conservadores se refieren a otras ocasiones en las que el Consejo se ha pronunciado sobre reformas legislativas por propia iniciativa, como los informes sobre el proyecto de Constitución Europea en 2003, la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña o en relación a la reforma del Código Civil relativa al matrimonio homosexual en 2005.
En esa misma línea, subrayan que «los estándares europeos obligan a que todas las propuestas normativas que afecten al Poder Judicial deben someterse a previo informe de los Consejos de Justicia». El dictamen 24 del Consejo Consultivo de Jueces Europeos señaló el pasado año –recuerdan– que «todo proyecto normativo susceptible de tener incidencia sobre el Poder Judicial y la independencia de los jueces, o sobre las garantías de acceso de los ciudadanos a la Justicia, debería ser sometido obligatoriamente al dictamen del Consejo de Justicia, antes de su deliberación por el Parlamento». Lo mismo indica, añaden, la Red Europea de Consejos de Justicia en su informe de 2010-2011 y la propia Comisión Europea, que en una recomendación de 2017 sobre el estado de derecho en Polonia señala que debe «asegurarse de que toda reforma de la justicia defienda el Estado de Derecho y sea conforme al Derecho de la Unión ya los criterios europeos sobre independencia judicial y se elabore en estrecha cooperación con el poder judicial y todas las partes interesadas».
El Gobierno justificó la reforma en la necesidad de «armonizar» la respuesta penal al delito de sedición con las penas previstas para conductas similares en otros países de nuestro entorno, al considerar las actuales penas (hasta de 15 años cuando loco mete una autoridad) desproporcionadas. Pero al oponerse a la concesión de los indultos a los condenados por el «procés», el Tribunal Supremo ya cuestionó ese argumento al insistir en que la sedición no es un delito «trasnochado y sin equivalente en el derecho comparado», y recordó que en otros países se castiga con penas más severas.